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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 110 Viernes, 11 de junio de 2021 Pág. 29096

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 4 de Vigo

EDICTO (470/2020).

ORD. procedimiento común 470/2020

Sobre otras materias

Demandante FCA Capital España Establecimiento Financiero de Crédito Procurador Rafael Barrios Pérez

Abogado: Rubén Pastor Villarubia

Demandada: Celia Estévez Álvarez

Yo, María del Mar Pino Pérez, letrada de la Administración de justicia, del Juzgado de Primera Instancia número 4 de Vigo, por el presente edicto anuncio que en este procedimiento común seguido a instancia de FCA Capital España Establecimiento Financiero de Crédito frente a Celia Estévez Álvarez se pronunció sentencia, cuyo encabezamiento y sentencia son del tenor literal que es el siguiente:

«Sentencia nº 232/2020.

Vigo, 9 de diciembre de 2020.

Vistos por mí, Manuel Ángel Pereira Costas, magistrado del Juzgado de Primera Instancia número 4 de Vigo, los presentes autos de juicio común que con el número 470/2020 se siguen a instancia de FCA Capital España EFC, S.A., representada por el procurador Rafael Barrios Pérez y dirigida por el letrado Rubén Pastor Villarubia, contra Celia Estévez Álvarez, declarada en situación de rebeldía procesal, los cuales tienen por objeto una pretensión de reclamación de cantidad basada en un contrato de préstamo.

Fallo:

Acojo parcialmente la demanda interpuesta por FCA Capital España, EFC, S.A., contra Celia Estévez Álvarez, haciendo, en consecuencia, los siguientes pronunciamientos:

1º. Condeno a Celia Estévez Álvarez a abonarle a FCA Capital España, EFC, S.A., la cantidad de 12.484,90 euros, correspondientes a los aplazamientos vencidos y no satisfechos y más al capital anticipadamente vencido, así como el interés moratorio reportado por el capital vencido y más el anticipadamente vencido, calculado al mismo tipo del interés remuneratorio, desde las fechas de sus respectivos vencimientos.

2º. No hay lugar a efectuar pronunciamiento condenatorio en materia de costas procesales.

Notifíquese esta sentencia a las partes, a las que se les hará saber que la misma no es firme y que contra ella podrán interponer recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de Pontevedra en el plazo de veinte días.

Así lo acuerdo, mando y firmo».

Y encontrándose esta demandada, Celia Estévez Álvarez, en paradero desconocido, se expide el presente edicto a fin de que le sirva de notificación en forma.

Vigo, 1 de febrero de 2021

La letrada de la Administración de justicia