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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 102 Miércoles, 2 de junio de 2021 Pág. 27331

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña

EDICTO (214/2021).

Yo, Rosana Corral García, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social númereo 4 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 214/2021 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Miguel Peña Bermúdez contra el Fogasa y Almagal S.L., sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución en cuyo fallo consta:

«Fallo:

Se estima parcialmente la demanda formulada por Miguel Peña Bermúdez frente a la empresa Almagal, S.L., con intervención del Fondo de Garantía Salarial y, en consecuencia:

– Se condena a la empresa Almagal, S.L. a abonar al demandante la cantidad de veintiún mil trescientos veintidós euros con once céntimos de euro (21.322,11 euros), devengando los conceptos salariales el interés moratorio del 10 %.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Contra esta resolución cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado, graduado social colegiado o representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, al tiempo de anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de condena, así como el depósito de 300 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones que tiene abierta este juzgado, haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento.

Así lo acuerda, manda y firma, Nicolás E. Pita Lloveres, magistrado del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña.

Publicación. Leída y publicada ha sido la presente sentencia por el juez que la dictó en el mismo día de su fecha, estando celebrando audiencia pública. Doy fe».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Almagal, S.L, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo en el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 10 de mayo de 2021

La letrada de la Administración de justicia