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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 99 Viernes, 28 de mayo de 2021 Pág. 26608

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 4 de Refuerzo de A Coruña

EDICTO (DSP 9/2020).

Yo, Rosana Corral García, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento 9/2021 de este juzgado de lo social, seguidos a instancia de Susana Ferreiro Novo contra la empresa Texjomar, S.L., sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta: 

Sentencia

A Coruña, 4 de marzo de 2021

Vistos por Ana María Souto González, magistrada jueza de refuerzo del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña, los presentes autos número 9/2021 sobre despido, seguidos a instancia de Susana Ferreiro Novo, asistida por el letrado Sr. Páramo Sureda, contra Texjomar, S.L.

Fallo

Se estima la demanda interpuesta por Susana Ferreiro Novo, asistida por el letrado Sr. Páramo Sureda, contra Texjomar, S.L., y se declara la improcedencia del despido efectuada por el demandado con efectos de 20 de noviembre de 2020 y, en consecuencia, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que readmita a la trabajadora demandante en las mismas condiciones que regían antes de producirse el despido con abono de los salarios de tramitación dejados de percibir desde la fecha efectiva del despido hasta la notificación de la sentencia a razón de 36,91 euros diarios o bien, a elección del empresario, a la extinción de la relación laboral con abono a la demandante de la indemnización de 5.176,26 euros por despido improcedente.

La opción del empresario entre la readmisión del trabajador o la indemnización por despido improcedente deberá ejercerse en el plazo de 5 días contados a partir de la notificación de la presente resolución, mediante un escrito o comparecencia ante este juzgado. Transcurrido dicho plazo sin que hubiese optado, se entenderá que procede la readmisión.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Contra esta resolución cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes al de la notificación de esta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado, graduado social colegiado o representante dentro del indicado plazo.

Así lo acuerda, manda y firma.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Texjomar, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 29 de abril de 2021

La letrada de la Administración de justicia