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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 99 Viernes, 28 de mayo de 2021 Pág. 26606

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 4 de Refuerzo de A Coruña

EDICTO (DSP 537/2020).

Yo, Rosana Corral García, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento despido/ceses en general 537/2020 de este juzgado de lo social, seguidos a instancia de Abderrazzk El Haidadi contra la empresa representante legal Alejandro Ramos Ameijeira en representación de Fermín Group Ibérica, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

«Sentencia

A Coruña, 28 de diciembre de 2020

Vistos por Ana María Souto González, magistrada jueza de refuerzo del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña, los presentes autos número 537/2020 sobre despido, seguidos a instancia de Abderrazzar El Haidadi, asistido del letrado Sr. Díaz Soto, contra la mercantil Fermín Group Ibérica, S.L. y el Fogasa.

Fallo:

Se estima la demanda interpuesta por Abderrazzar El Haidadi contra la mercantil Fermín Group Ibérica, S.L. y el Fogasa y se declara la improcedencia del despido efectuado por el demandado con efectos de 9 de marzo de 2020 y, en consecuencia, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que readmita al trabajador demandante en las mismas condiciones que regían antes de producirse el despido con abono de los salarios de tramitación dejados de percibir desde la fecha efectiva del despido hasta la notificación de la sentencia a razón de 49,66 euros diarios o bien, a elección del empresario, a la extinción de la relación laboral con abono al demandante de la indemnización de 273,12 euros por despido improcedente; todo ello sin perjuicio de las responsabilidades legales del Fogasa.

La opción del empresario entre la readmisión del trabajador o la indemnización por despido improcedente deberá ejercerse en el plazo de 5 días contados a partir de la notificación de la presente resolución, mediante un escrito o comparecencia ante este juzgado. Transcurrido dicho plazo sin que hubiese optado, se entenderá que procede a la readmisión.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Contra esta resolución cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes al de la notificación de esta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado, graduado social colegiado o representante dentro del indicado plazo.

Así lo acuerda, manda y firma. Doy fe».

Y para que sirva de notificación en legal forma al representante legal Alejandro Ramos Ameijeira, en representación de Fermín Group Ibérica, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 29 de abril de 2021

La letrada de la Administración de justicia