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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 97 Miércoles, 26 de mayo de 2021 Pág. 26216

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 5 de Vigo

EDICTO (1158/2019).

Yo, Alejandro Manuel Rova Fraga, letrado de la Administración de justicia del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Vigo, doy fe y certifico que en el procedimiento de divorcio seguido en este juzgado con el número 1158/2019 se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

«Sentencia nº 141.

En Vigo a dieciséis de abril de dos mil veintiuno.

María del Carmen Salvador Mateos, magistrada jueza titular del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Vigo y su partido, ha visto los autos seguidos en este juzgado bajo el número 1158/2019, sobre disolución del matrimonio por divorcio, actuando como demandante Manuel Maceira Fernández, representado por el procurador de los tribunales Ricardo Estévez Cernadas y con asistencia letrada de María Elena Ferreiro Rodríguez, contra Ana Luzia de Souza, declarada en situación de rebeldía procesal, en base a lo siguiente:

Siguen antecedentes de hecho y fundamentos de derecho.

Fallo:

En la demanda interpuesta por el procurador de los tribunales Sr. Estévez Cernadas, en nombre y representación de Manuel Maceira Fernández, contra Ana Luzia de Souza, declarada en situación de rebeldía, estimo la misma y declaro disuelto, por divorcio, el matrimonio formado por los referidos cónyuges, con todos los efectos legales inherentes a dicha declaración.

No se hace una especial imposición en cuanto a las costas.

Firme que sea esta resolución, comuníquese al Registro Civil donde consta la inscripción del matrimonio, a fin de que se proceda a su anotación marginal, dejándose constancia de tal circunstancia en los autos.

Modo de impugnación: recurso de apelación en el plazo de veinte días desde la notificación de esta resolución ante la Audiencia Provincial».

Y como consecuencia del ignorado paradero de Ana Luzia de Souza, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Vigo, 21 de abril de 2021

El letrado de la Administración de justicia