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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 88 Martes, 11 de mayo de 2021 Pág. 23607

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (RSU 510/2018-CBO).

Tipo y número de recurso: RSU. Recurso de suplicación 510/2018-CBO

Materia: otros derechos de seguridad social

Recurrente: Francisco Troncoso Troncoso

Recurridos: Fogasa, Armadilla, S.L., Manuel Vaqueiro, S.L., Rocas de Porriño, S.L., Granitos Mondariz, S.L., José Ramón López Romero y Granitos Gris Rosa, S.L.

Juzgado de origen/autos: Juzgado de lo Social número 2 de Vigo. Procedimiento ordinario 976/2016.

Yo, Carmen Iglesias Fungueiro, letrada de la Administración de justicia y de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el recurso de suplicación 510/2018 de esta sección, seguido a instancia de Francisco Troncoso Troncoso contra Fogasa, Armadilla, S.L., Manuel Vaqueiro, S.L., Rocas de Porriño, S.L., Granitos Mondariz, S.L., José Ramón López Romero y Granitos Gris Rosa, S.L., sobre otros derechos de seguridad social, el Tribunal Supremo dictó la Sentencia de 16 de febrero de 2021, resolviendo el recurso de casación para unificación de doctrina en su día interpuesto, cuyo fallo es del siguiente tenor literal:

«Fallo:

Por todo lo expuesto, en nombre del rey y por la autoridad que le confiere la Constitución, esta sala ha decidido: 1. Desestimar el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por el letrado Alfredo Briales de Porcioles, en nombre y representación de Francisco Troncoso Troncoso. 2. Declarar la firmeza de la sentencia recurrida, dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia el 5 de julio de 2018, aclarada mediante el Auto de 23 de julio de 2018, en el recurso de suplicación seguido bajo el número 510/2018. 3. Sin imposición de costas».

Para que sirva de notificación en legal forma a Rocas de Porriño, S.L. y Granitos Gris Rosa, S.L., en ignorado paradero, sin perjuicio de hacer las averiguaciones oportunas, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se le advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo en el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 8 de abril de 2021

La letrada de la Administración de justicia