Yo, Fátima García Castro, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 235/2018 de este juzgado de lo social, seguidos contra la empresa Galipasa, S.L., y con la intervención de Fogasa, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
Parte dispositiva:
Dispongo:
1. Aclarar la Sentencia dictada con fecha 25 de marzo de 2021 en los siguientes términos:
Donde dice que debo estimar y estimo la demanda que en materia de cantidad ha sido interpuesta por Miriam Rosa Moreno Vásquez frente a Galipasa, S.L., con intervención procesal del Fogasa, y, en consecuencia, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone a la actora la cantidad de 1.297,74 euros, a incrementar con los intereses previstos en el artículo 29.3 del ET.
Debe decir que debo estimar y estimo la demanda que en materia de cantidad ha sido interpuesta por Miriam Rosa Moreno Vásquez frente a Galipasa, S.L., con intervención procesal del Fogasa, y, en consecuencia, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone a la actora la cantidad de 1.384,25 euros, a incrementar con los intereses previstos en el artículo 29.3 del ET.
2. Incorporar esta resolución al libro que corresponda y llevar testimonio a los autos.
Notifíquese a las partes,
Contra este auto no cabe interponer recurso alguno distinto al que, en su caso, pueda interponerse frente a la resolución aclarada.
Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe.
Y para que sirva de notificación en legal forma a la mercantil Galipasa, S.L., en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Diario oficial de Galicia.
A Coruña, 15 de abril de 2021
La letrada de la Administración de justicia