Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 86 Viernes, 7 de mayo de 2021 Pág. 23122

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 10 de Vigo

EDICTO (798/2015).

Yo, Luis Diego Espino Hernández, letrado de la Administración de justicia del Juzgado de Primera Instancia número 10 de Vigo, hago saber que en procedimiento ordinario 798/2015-t se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo se reproducen íntegramente y que son del tenor literal siguiente:

«Sentencia.

Vigo, 31 de marzo de 2017.

Ana Araceli Muñoz Martín, magistrada jueza de Primera Instancia número 10 de Vigo y su partido, habiendo visto los presentes autos de procedimiento ordinario 798/2015-t seguidos ante este juzgado, entre partes, de una como demandante Joaquín Chamorro Amil, con DNI nº 77008056P, representado por el procurador Luis Pedro Lanero Táboas, y asistido del letrado Rafael Caro Moya, y de otra, como demandados, Abel González Morán, con DNI nº 76894757F, representado por el procurador Germán Fernández Sampedro, y asistido del letrado Augusto Saavedra Davila, y Balbina Blanco Lavariñas, declarada en situación procesal de rebeldía, se ha dictado la siguiente sentencia y

Fallo:

Estimando parcialmente la demanda interpuesta por Joaquín Chamorro Amil frente a Abel González Morán y Balbina Blanco Lavariñas, debo declarar y declaro la resolución con efectos ex tunc del contrato de traspaso de local de negocio suscrito por las partes el 18 de febrero de 2014.

No se hace declaración de condena en costas.

Modo de impugnación: contra esta sentencia cabe recurso de apelación dentro de los veinte días siguientes a su notificación, que se interpondrá ante este órgano judicial.

Conforme a la D.A. decimoquinta de la LOPJ, para la admisión del recurso se deberá acreditar haber constituido, en la cuenta de depósitos y consignaciones de este órgano, un depósito de 50 euros, salvo que el recurrente sea beneficiario de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma, entidad local u organismo autónomo dependiente.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».

Se expide el presente edicto a fin de que sirva de notificación a Balbina Blanco Lavariñas, actualmente en ignorado paradero.

Vigo, 10 de diciembre de 2018

El letrado de la Administración de justicia