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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 76 Viernes, 23 de abril de 2021 Pág. 20634

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 2 de Santiago de Compostela

EDICTO (JVB 801/2019).

Yo, María del Carmen Vázquez Rodríguez, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Santiago de Compostela, por el presente anuncio:

En el presente procedimiento de juicio verbal número 801/2019 seguido a instancia de Estación de Servicio Compostela, S.L.U. frente a María Dolores Otero Framil, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal en su fallo es el siguiente:

Estimo íntegramente la demanda presentada por Estación de Servicio Compostela, S.L.U. contra María Dolores Otero Framil y condeno a la demandada a abonar a la demandante la suma de 3.624,22 euros de principal y 174,54 euros de indemnización de gastos de cobro. Asimismo, condeno a la demandada a abonar a la demandante los intereses prevenidos en la Ley 3/2004, de medidas de lucha contra la morosidad en operaciones mercantiles, calculados sobre el principal indicado, desde la fecha de vencimiento de las facturas reclamadas hasta su completo pago. Todo ello con imposición de costas a la parte demandada.

Notifíquese esta resolución a las partes con la indicación de que la misma no es firme y que contra ella podrá interponerse recurso de apelación ante la Sala de lo Civil de la Audiencia Provincial, recurso que habrá de presentarse en este juzgado en el plazo de veinte días desde su notificación.

Por exigirlo así la disposición adicional decimoquinta de la Ley orgánica 6/1985, de 1 de julio, del poder judicial, la interposición de recurso contra la anterior resolución exige la constitución de un depósito de 50 euros.

El depósito de la expresada suma deberá acreditarse al interponer el recurso, a cuyo escrito se adjuntará copia del resguardo o de la orden de ingreso, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. Están exceptuadas de la obligación de constituir el depósito las partes que tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita.

Y encontrándose dicha demandada, María Dolores Otero Framil, en paradero desconocido, se expide el presente edicto a fin de que sirva de notificación en forma a la misma.

Santiago de Compostela, 22 de febrero de 2021

La letrada de la Administración de justicia