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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 63 Martes, 6 de abril de 2021 Pág. 17914

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación y Universidad

RESOLUCIÓN de 22 de marzo de 2021, conjunta de la Consellería de Cultura, Educación y Universidad y de la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación, por la que se adjudican las ayudas de la Orden de 31 de diciembre de 2020 por la que se establecen las bases para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas para completar la etapa de formación posdoctoral en las universidades del SUG, en los organismos públicos de investigación de Galicia y en otras entidades del Sistema de I+D+i gallego, y se procede a su convocatoria para el año 2021 (códigos de procedimiento ED481D e IN606C).

La Orden de 31 de diciembre de 2020 (DOG núm. 13, de 21 de enero de 2021), conjunta de la Consellería de Cultura, Educación y Universidad y de la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación, establece las bases reguladoras y la convocatoria de las ayudas para completar la etapa de formación posdoctoral en las universidades del SUG, en los organismos públicos de investigación de Galicia y en otras entidades del Sistema de I+D+i gallego, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva.

El objeto de esta convocatoria es otorgar ayudas a las universidades del Sistema universitario de Galicia (SUG), a los organismos públicos de investigación de Galicia, a las fundaciones de investigación sanitaria de Galicia (Fundación Instituto de Investigación Sanitaria de Santiago de Compostela, Fundación Profesor Novoa Santos, Fundación Biomédica Galicia Sur), y a los centros del CSIC (Consejo Superior de Investigaciones Científicas) y del IEO (Instituto Español de Oceanografía) radicados en Galicia, que contraten a personas tituladas superiores que hayan estado contratadas en la modalidad A de las ayudas posdoctorales de las convocatorias de 2016 o 2017 o que hayan tenido un contrato posdoctoral con una de las entidades establecidas en el artículo 2 de la convocatoria y financiado por la Gain, siempre que cumplan el resto de requisitos que se establecen en la convocatoria, para que puedan completar su carrera investigadora posibilitando un perfeccionamiento en su formación y el establecimiento de una línea de investigación propia que les permita, en un futuro, consolidar su trayectoria.

En el artículo 2.1 de la orden de convocatoria se determina quien puede ser beneficiario y en el artículo 2.2, los requisitos que deben cumplir las personas candidatas a las ayudas.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 9 de esta convocatoria, una vez analizadas las solicitudes se publicaron las listas provisionales de solicitudes admitidas y excluidas y las entidades solicitantes tuvieron un plazo de diez días naturales para formular reclamaciones para subsanar errores y falta de documentos de las personas interesadas ante la Secretaría General de Universidades o ante la Gain, según la entidad solicitante. Una vez que se recibió y se examinó esta documentación, el 15 de marzo de 2021 se publicó la lista definitiva de solicitudes admitidas y excluidas.

Las solicitudes fueron ponderadas por un equipo evaluador formado por personas expertas de fuera del Sistema de I+D+i gallego, con la colaboración de la Agencia para la Calidad del Sistema Universitario de Galicia (ACSUG), a partir de la documentación indicada en el artículo 6 de la convocatoria y según el baremo que se indica en el artículo 10.

El resultado de esta evaluación se le entregó a la Comisión de Selección definida en el artículo 11 de la orden de convocatoria, que elaboró un informe para los órganos instructores en que figuran las entidades beneficiarias, junto con la prelación de las personas candidatas a ser destinatarias de las ayudas, y la lista de espera para posibles sustituciones.

La competencia para resolver estas ayudas les corresponde conjuntamente a la persona titular de la Consellería de Cultura, Educación y Universidad y a la persona titular de la Presidencia de la Gain, de acuerdo con el artículo 11 de la convocatoria.

En consecuencia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 11 de las bases de la convocatoria y atendiendo a la propuesta de concesión elevada por los órganos instructores a partir del informe de la Comisión de Selección, reunida el día 17 de marzo de 2021, a través de la Secretaría General de Universidades y de la Gain,

RESOLVEMOS:

Primero. Conceder las ayudas para completar la etapa de formación posdoctoral convocadas por la Orden de 31 de diciembre de 2020 a las entidades que contraten a las personas seleccionadas que se relacionan en el anexo I.

Segundo. Establecer una lista de espera, que se incluye como anexo II, para determinar posibles sustituciones, según los criterios establecidos en el artículo 11. En esta lista figuran por orden decreciente de puntuación las solicitudes que no alcanzaron la puntuación suficiente para ser adjudicatarias de la ayuda pero que tienen una puntuación igual o superior a la mínima establecida en el artículo 10.2 de la convocatoria.

Tercero. Todas las solicitudes que figuran en los anexos I y II de esta resolución cumplen los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria. Asimismo, las solicitudes que no figuran relacionadas en los citados anexos se entenderán denegadas o desestimadas.

Cuarto. La fecha de comienzo de los contratos será el día 31 de marzo de 2021.

Quinto. Las ayudas concedidas se financiarán con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2021 y años sucesivos, de acuerdo con la siguiente distribución según la estructura de pago recogida en el artículo 15 de las bases de la convocatoria.

Universidades del SUG: 20 ayudas.

El importe de las ayudas de las universidades del SUG se imputará al Plan gallego de financiación universitaria para el período 2016-2020 que, de acuerdo con el artículo 36 de la Ley 7/2019, de 27 de diciembre, por el que se añade un punto 4 al artículo 115 de la Ley 6/2013, de 13 de junio, su vigencia será prorrogada hasta la aprobación y comienzo de efectos del nuevo plan, siempre que así lo permitan las disponibilidades presupuestarias.

Aplicación presupuestaria

Universidad

Nº de ayudas

Crédito (en euros)

2021

2022

2023

Total

10.20.561B.444.0

UDC

3

69.816,66

117.000,00

47.183,34

234.000,00

10.20.561B.744.0

30.000,00

30.000,00

15.000,00

75.000,00

UDC

99.816,66

147.000,00

62.183,34

309.000,00

10.20.561B.444.0

USC

10

232.722,20

390.000,00

157.277,80

780.000,00

10.20.561B.744.0

100.000,00

100.000,00

50.000,00

250.000,00

USC

332.722,20

490.000,00

207.277,80

1.030.000,00

10.20.561B.444.0

UVigo

7

162.905,54

273.000,00

110.094,46

546.000,00

10.20.561B.744.0

70.000,00

70.000,00

35.000,00

175.000,00

UVigo

232.905,54

343.000,00

145.094,46

721.000,00

Total SUG

665.444,40

980.000,00

414.555,60

2.060.000,00

Demás entidades: 4 ayudas.

Aplicación presupuestaria

Entidad

Nº de ayudas

Crédito (en euros)

2021

2022

2023

Total

06.A2.561A.403.0

Instituto de Ciencias de Patrimonio (Incipit) del CSIC

2

46.544,44

78.000,00

31.455,56

156.000,00

06.A2.561A.703.0

20.000,00

20.000,00

10.000,00

50.000,00

Instituto de Ciencias de Patrimonio (Incipit) do CSIC

66.544,44

98.000,00

41.455,56

206.000,00

06.A2.561A.403.0

Instituto de Investigaciones Marinas del CSIC

1

23.272,22

39.000,00

15.727,78

78.000,00

06.A2.561A.703.0

10.000,00

10.000,00

5.000,00

25.000,00

Instituto de Investigaciones Marinas del CSIC

33.272,22

49.000,00

20.727,78

103.000,00

06.A2.561A.481.0

Fundación Profesor Novoa Santos

1

23.272,22

39.000,00

15.727,78

78.000,00

06.A2.561A.781.0

10.000,00

10.000,00

5.000,00

25.000,00

Fundación Profesor Novoa Santos

33.272,22

49.000,00

20.727,78

103.000,00

Total otras entidades

133.088,88

196.000,00

82.911,12

412.000,00

Sexto. Las entidades beneficiarias deberán remitir un escrito de aceptación de la ayuda a la Secretaría General de Universidades, en el caso de las universidades del SUG, o a la Gain, en el caso de las demás entidades indicadas en el artículo 2 de la convocatoria, en el plazo de diez días contados a partir del día siguiente al de la publicación/comunicación de esta resolución y vincularán a las personas seleccionadas a sus organismos mediante la formalización del correspondiente contrato.

Séptimo. El artículo 15 de la orden de convocatoria establece que las entidades beneficiarias y contratantes de las personas seleccionadas serán las encargadas de presentar las justificaciones correspondientes adecuadas a la normativa comunitaria y nacional de aplicación y serán las perceptoras de los fondos para el pago de los contratos.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 45.2 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, transcurrido el plazo establecido de justificación sin que se haya presentado esta ante el órgano administrativo competente, este requerirá al beneficiario para que, en el plazo improrrogable de diez días, la presente. La falta de presentación de la justificación comportará la pérdida del derecho al cobro parcial o total de la subvención, la exigencia del reintegro y demás responsabilidades establecidas en la Ley de subvenciones de Galicia.

Octavo. Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso potestativo de reposición ante la persona titular de la Consellería de Cultura, Educación y Universidad, en el caso de solicitudes pertenecientes al SUG, y ante la persona titular de la presidencia de la Gain en los restantes casos, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de la resolución, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con los artículos 19 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 22 de marzo de 2021

Román Rodríguez González

Francisco Conde López

Conselleiro de Cultura, Educación
y Universidad

Vicepresidente segundo y conselleiro de Economía, Empresa e Innovación y presidente de la Agencia Gallega de Innovación

ANEXO I

Ayudas concedidas

Universidad de A Coruña

Nº de exp.

Entidad

1er apellido

2º apellido

Nombre

Rama de conocimiento

Puntuación

ED481D-2021-012

UDC

Bermúdez

García

Juan Manuel

Ciencias

93

ED481D-2021-026

UDC

Blanco

Calvo

Alejandro

Ciencias

87

ED481D-2021-020

UDC

Fafián

Labora

Juan Antonio

Ciencias de la Salud

88

Universidad de Santiago de Compostela

Nº de exp.

Entidad

1er apellido

2º apellido

Nombre

Rama de conocimiento

Puntuación

ED481D-2021-011

USC

Cambón

Freire

Adriana

Ciencias de la Salud

84,9

ED481D-2021-003

USC

Casariego

Castiñeira

Paula

Artes y Humanidades

94

ED481D-2021-022

USC

Cid

Fernández

Susana

Ciencias Sociales y Jurídicas

89,6

ED481D-2021-008

USC

De la Puente

Vila

María del Carmen

Ciencias de la Salud

82

ED481D-2021-014

USC

Díaz

Gómez

Luis Antonio

Ciencias de la Salud

90,5

ED481D-2021-019

USC

Gómez

Varela

Ana Isabel

Ciencias

92,6

ED481D-2021-017

USC

López

Romero

Laura

Ciencias Sociales y Jurídicas

90

ED481D-2021-015

USC

Olmo

López

Rubén

Artes y Humanidades

89

ED481D-2021-018

USC

Rodríguez

Sánchez

José Luis

Ciencias

88

ED481D-2021-009

USC

Royé

 

Dominic

Ciencias Sociales y Jurídicas

87

Universidad de Vigo

Nº de exp.

Entidad

1er apelido

2º apelido

Nombre

Rama de conocimiento

Puntuación

ED481D-2021-006

UVigo

Alonso

Alonso

María

Artes y Humanidades

83,6

ED481D-2021-004

UVigo

Cabaleiro

Álvarez

David

Ingeniería y Arquitectura

91

ED481D-2021-023

UVigo

Ferreira

Rodríguez

Noé

Ciencias

91

ED481D-2021-016

UVigo

Pérez

Rodríguez

Paula

Ciencias

80

ED481D-2021-013

UVigo

Ramos

Berdullas

Nicolás

Ciencias

90

ED481D-2021-021

UVigo

Romero

Rivas

Vanesa

Ciencias

81

ED481D-2021-024

UVigo

Ruano

Ordás

David Alfonso

Ingeniería y Arquitectura

92

Otras entidades

Nº de exp.

Entidad

1er apellido

2º apellido

Nombre

Rama de conocimiento

Puntuación

IN606C-2021/002

Instituto de Ciencias de Patrimonio (Incipit) del CSIC

Sureda

Torres

Pau

Artes y Humanidades

94

IN606C-2021/006

Fundación Profesor Novoa Santos

Carpintero

Fernández

Paula

Ciencias de la Salud

90,5

IN606C-2021/003

Instituto de Investigaciones Marinas del CSIC

Méndez

López

Lucía

Ciencias

89

IN606C-2021/005

Instituto de Ciencias de Patrimonio (Incipit) del CSIC

Currás

Domínguez

Andrés

Artes y Humanidades

85

ANEXO II

Lista de espera

Universidades del SUG

Orden

Nº de exp.

Entidad

1er apellido

2º apellido

Nombre

Rama de conocimiento

Puntuación

1.

ED481D-2021-001

UDC

Sanjurjo

Rodríguez

Clara

Ciencias de la Salud

75

2.

ED481D-2021-025

UVigo

Gómez

Sousa

Hipólito

Ingeniería y Arquitectura

75

Otras entidades

Orden

Nº de exp.

Entidad

1er apellido

2º apellido

Nombre

Rama de conocimiento

Puntuación

1.

IN606C-2021/001

Instituto de Ciencias de Patrimonio (Incipit) del CSIC

Almansa

Sánchez

Jaime

Artes y Humanidades

82

2.

IN606C-2021/004

Instituto de Ciencias de Patrimonio (Incipit) del CSIC

Dal Zovo

-

Cecilia

Artes y Humanidades

75