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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 61 Miércoles, 31 de marzo de 2021 Pág. 17394

III. Otras disposiciones

Consellería de Sanidad

RESOLUCIÓN de 25 de marzo de 2021 por la que se da publicidad de la encomienda del Servicio Gallego de Salud a la Agencia Gallega de Infraestructuras para la gestión de las actuaciones para la adjudicación y ejecución del contrato de servicio de redacción del documento para tramitación urbanística, anteproyecto, proyecto básico, de ejecución, de expropiación por tasación conjunta, dirección facultativa de la obra y control de vigilancia del nuevo Complejo Hospitalario Universitario de A Coruña.

De conformidad con el artículo 8 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, se da publicidad de la siguiente encomienda con las siguientes características:

– Resolución de 17 de marzo 2021, del conselleiro de Sanidad, por la que se encomienda a la Agencia Gallega de Infraestructuras la gestión de las actuaciones para la adjudicación y ejecución del contrato de servicio de redacción del documento para tramitación urbanística, anteproyecto, proyecto básico, de ejecución, de expropiación por tasación conjunta, dirección facultativa de la obra y control de vigilancia del nuevo Complejo Hospitalario Universitario de A Coruña.

– Actividad: la Agencia Gallega de Infraestructuras asumirá la ejecución de la gestión de las actuaciones para la adjudicación y ejecución del contrato de servicio de redacción del documento para tramitación urbanística, anteproyecto, proyecto básico, de ejecución, de expropiación por tasación conjunta, dirección facultativa de la obra y control de vigilancia del nuevo Complejo Hospitalario Universitario de A Coruña.

– Naturaleza y alcance de la gestión encomendada: el encargo tiene naturaleza de encomienda intersubjetiva a medio propio, según lo dispuesto en el artículo 13.1 de la Ley 14/2013, de 26 de diciembre, de racionalización del sector público autonómico, y en los artículos 9 y 47 y siguientes de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia, al tener la Agencia Gallega de Infraestructuras la consideración de medio propio y servicio técnico de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia.

– Financiación: la realización de las actividades y/o actos y negocios jurídicos necesarios para la ejecución de esta encomienda de gestión por parte de la Agencia Gallega de Infraestructuras se efectuará a título gratuito, sin que exista retribución o tarifa.

– Plazo de vigencia: la eficacia de la encomienda para la gestión de las actuaciones para la ejecución del contrato de servicio se extenderá desde el día siguiente a su firma hasta la fecha de finalización del plazo de garantía del mismo.

Santiago de Compostela, 25 de marzo de 2021

Julio García Comesaña
Conselleiro de Sanidad