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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 60 Martes, 30 de marzo de 2021 Pág. 17291

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 6 de Santiago de Compostela

EDICTO de notificación de sentencia (25/2020).

En el presente procedimiento seguido a instancia de José Luis Costa Varela frente a Francieli Paula Soares se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

«Juicio de divorcio-contencioso nº 25/2020

Juzgado de Primera Instancia número 6

Santiago de Compostela

Sentencia nº 389/2020

Santiago de Compostela, 17 de diciembre de 2020

Vistos por mi, Roberto Soto Sola, magistrado juez titular del Juzgado de Primera Instancia número 6 de esta localidad y su partido judicial, el presente juicio de divorcio nº 25/2020 promovido por el procurador Sr. Pérez Goris en nombre y representación de José Luis Costa Varela, asistido de la letrada Sra. Teijo Figueiras frente a Francieli Paula Soares, mayor de edad reseñada en autos, declarada en rebeldía procesal y sin intervención de la representante del Ministerio Fiscal al no concurrir hijos menores de edad o con capacidad modificada en el citado matrimonio.

Fallo:

Que, estimando íntegramente la demanda de divorcio interpuesta por el procurador Sr. Pérez Goris en nombre y representación de José Luis Costa Varela, asistido de la letrada Sra. Teijo Figueiras frente a Francieli Paula Soares, mayor de edad, reseñada en autos, declarada en rebeldía procesal y sin intervención de la representante del Ministerio Fiscal al no concurrir hijos menores de edad o con capacidad modificada en el citado matrimonio, procede decretar la disolución por divorcio del matrimonio contraído por los litigantes en fecha 17.7.2017 en Ames inscrito al tomo 30 página 89 sección 2ª del citado Registro Civil.

Firme que sea la presente resolución, remítanse los oportunos oficios para las procedentes anotaciones registrales.

No procede efectuar especial pronunciamiento sobre las costas del presente proceso.

Esta resolución no es firme y frente a la misma cabe interponer recurso de apelación en los plazos y términos previstos en la vigente Ley de enjuiciamiento civil para su resolución por la Audiencia Provincial de A Coruña (artículos 458 y 776 Ley de enjuiciamiento civil) previa consignación del depósito previsto en la D.A. 15º de la LOPJ.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio mando y firmo, yo, Roberto Soto Sola, magistrado juez titular del Juzgado de Primera Instancia número 6 de esta localidad y su partido judicial.

Publicación: leída y publicada la anterior resolución en audiencia pública por el juez que la dictó, en el día de la fecha; doy fe».

Y encontrándose dicha demandada, Francieli Paula Soares, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

Santiago de Compostela, 28 de diciembre de 2020

La letrada de la Administración de justicia