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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 60 Martes, 30 de marzo de 2021 Pág. 17161

II. Autoridades y personal

b) Nombramientos

Consellería de Infraestructuras y Movilidad

ORDEN de 22 de marzo de 2021 por la que se nombra vocal del Jurado de Expropiación de Galicia.

La Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, dispone en su artículo 11.1, que el Jurado de Expropiación de Galicia es un órgano colegiado permanente de la Comunidad Autónoma de Galicia especializado en los procedimientos para la fijación del justiprecio en la expropiación forzosa, cuando la Administración expropiante sea la Comunidad Autónoma o las entidades locales de su ámbito territorial. Dicho precepto establece, entre otros extremos, las funciones de este jurado, que fueron desarrolladas mediante el Decreto 143/2016, de 22 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, y por el Reglamento de organización y régimen de funcionamiento del Jurado de Expropiación de Galicia, aprobado por el Decreto 172/2018, de 20 de diciembre.

El artículo 7.1.c) del Decreto 172/2018, de 20 de diciembre, establece, respecto de la composición del Jurado, que entre los vocales figura una persona funcionaria perteneciente al cuerpo o escala del grupo A, subgrupo A1, de la Xunta de Galicia, con competencia en materia de valoraciones, nombrada por orden de la consellería de adscripción, a propuesta de la consellería competente en materia de hacienda.

Este mismo artículo establece que las personas titulares de las vocalías previstas en los apartados c), d), e) y f) serán sustituidas en los casos de vacante, ausencia o enfermedad por los suplentes designados en el momento de su nombramiento.

Por su parte, el artículo 11 del referido decreto establece que las personas titulares de las vocalías previstas en los apartados c), d), e) y f) del artículo 7.1 podrán ser sustituidas a propuesta de las administraciones, entidades, organizaciones y asociaciones que las hayan propuesto, y las personas así nombradas permanecerán en su cargo, como máximo, por el tiempo que le falte a la sustituida para el cumplimiento del mandato.

En virtud de la Orden de 9 de julio de 2018 (DOG núm. 153, de 10 de agosto), por la que se nombra a vocales del Jurado de Expropiación de Galicia, se realizó el nombramiento de vocales, titular y suplente, en representación de la Consellería de Hacienda de la Xunta de Galicia.

La Consellería de Hacienda y Administración Pública envió una propuesta de nombramiento de un nuevo vocal suplente, representante de esa consellería.

Por todo ello,

DISPONGO:

Artículo único

Nombrar a la persona que se relaciona en el anexo como vocal suplente del Jurado de Expropiación de Galicia, por el tiempo que resta de mandato del vocal al que sustituye.

Santiago de Compostela, 22 de marzo de 2021

Ethel María Vázquez Mourelle
Conselleira de Infraestructuras y Movilidad

ANEXO

Vocal del Jurado de Expropiación de Galicia según lo dispuesto en el artículo 7.1.c) del Decreto 172/2018, de 20 de diciembre.

1. En representación de la Consellería de Hacienda y Administración Pública:

– Suplente: Jorge Fernández Fernández.