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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 55 Martes, 23 de marzo de 2021 Pág. 16055

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Mar

RESOLUCIÓN de 1 de marzo de 2021 por la que se modifica la Orden de 8 de junio de 2012 en la que se autoriza la transmisión mortis causa de la concesión administrativa y de la batea B. Paz I.

Visto el expediente instruido a efectos de la transmisión de la concesión administrativa y de la batea B. Paz I, resulta:

a) Antecedentes:

Primero. El 1 de junio de 2012, Luisa Comojo Lesende, en representación de la comunidad de herederos de José Benito Vicente Ordóñez, solicitó autorización para la transmisión de la batea B. Paz I, tramitándose el expediente de transmisión mortis causa de la concesión administrativa y de la batea. En ausencia de testamento, y a efectos de la identificación de las personas con derechos hereditarios, la interesada aportó declaración de herderos abintestado del causante.

Segundo. Mediante la Orden de 8 de junio de 2012 (DOG nº 143, de 27 de julio) y corrección de errores de 27 de julio de 2012 (DOG nº 164, de 29 de agosto) se autorizó la transmisión mortis causa de la concesión administrativa y de la batea a favor de Luisa Comojo Lesende, Susana Vicente Comojo y María Luisa Vicente Comojo.

Tercero. El 5 de marzo de 2020, Susana Vicente Comojo solicitó autorización para la transmisión mortis causa de la concesión administrativa y de la batea B. Paz I.

Cuarto. En la solicitud aporta escritura de aceptación y adjudicación parcial de herencia donde, previa liquidación de la sociedad de gananciales, adjudican la mitad indivisa de la concesión administrativa y de la batea B. Paz I a Susana Vicente Comojo y a María Luisa Vicente Comojo.

Quinto. El informe de la Dirección General de Pesca, Acuicultura e Innovación Tecnológica sobre la tramitación del expediente es favorable.

b) Consideraciones legales y técnicas:

Primero. Este órgano es competente para resolver el expediente conforme a la Ley 11/2008, de 3 de diciembre, de pesca de Galicia (DOG número 243, de 16 de diciembre), modificada por la Ley 6/2009, de 11 de diciembre (DOG número 243, de 15 de diciembre), la Orden de 8 de septiembre de 2017 de delegación de competencias en la Secretaría General Técnica de la Consellería del Mar, en las direcciones generales y jefaturas territoriales y en la Presidencia del Consejo de Administración del ente público Puertos de Galicia.

Segundo. El expediente siguió todos los trámites establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE número 236, de 2 de octubre), con las especialidades previstas en el Decreto 406/1996, de 7 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia (DOG número 228, de 21 de noviembre), en la Orden de 15 de junio de 1999 por la que se regula el procedimiento para la transmisión de la titularidad de las concesiones de las bateas de cultivos marinos en las aguas de Galicia (DOG número 126, de 2 de julio).

Por todo lo anterior, resuelvo:

Modificar la Orden de 8 de junio de 2012 (DOG nº 143, de 27 de julio) y la corrección de errores de 27 de julio de 2012 (DOG nº 164, de 29 de agosto) y autorizar la transmisión mortis causa, a favor de Susana Vicente Comojo (***6923**) y de María Luisa Vicente Comojo (***3880**), de la concesión administrativa y de la batea que se indica a continuación:

Identificación:

Tipo: batea.

Nombre: B. Paz I.

Ubicación:

Cuadrícula nº: 85.

Polígono: E.

Distrito: Caramiñal (A Coruña).

Especie autorizada: mejillón (Mytilus galloprovincialis).

Título habilitante: concesión.

Orden de otorgamiento: 10.1.1968.

Fin de la vigencia: 15.12.2029.

Actuales titulares: Luisa Comojo Lesende (***8819**), Susana Vicente Comojo (***6923**) y María Luisa Vicente Comojo (***3880**).

Nuevas titulares: Susana Vicente Comojo (***6923**) y María Luisa Vicente Comojo (***3880**).

Las nuevas titulares de la concesión quedan subrogadas en los derechos y obligaciones de las anteriores titulares.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, ante la conselleira del Mar, o recurso contencioso-administrativo, ante la jurisdicción contencioso-administrativa, que se interpondrá en el plazo de dos meses, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en el artículo 46.1 de la Ley 28/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

A Coruña, 1 de marzo de 2021

La conselleira del Mar
P.D. (Orden de 8.9.2017)
María José Cancelo Baquero
Jefa territorial de A Coruña