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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 54 Lunes, 22 de marzo de 2021 Pág. 15817

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña

EDICTO de notificación de sentencia (PO 82/2019).

Yo, Fátima García Castro, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 82/2019 de este juzgado de lo social, seguido contra la empresa Agravella, S.L., Hostecarba, S.L., Boncarba, S.L., sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

«En A Coruña a veintinueve de enero de dos mil veintiuno.

Miguel Herrero Liaño, magistrado juez del Juzgado de lo Social número 2, tras haber visto el presente procedimiento ordinario 82/2019 a instancia de José Antonio Lodeiro Aller, que comparece por sí mismo asistido del letrado José Miguel Orantes Canales, contra Agravella, S.L., Hostecarba, S.L., Boncarba, S.L., Fogasa, que no comparecen pese a constar citados en legal forma.

En nombre del rey, ha pronunciado la siguiente sentencia,

Fallo que debo estimar y estimo parcialmente la demanda que en materia de cantidad ha sido interpuesta por José Antonio Lodeiro Aller frente a Hostecarba, S.L., Agravella, S.L. y Boncarba, S.L., con intervención procesal del Fogasa, y, en consecuencia:

1. Condeno a la empresa Hostecarba, S.L. a que abone a la parte actora la cantidad de 8.300,87 euros, a incrementar con los intereses previstos en el artículo 29.3 del ET.

2. Desestimo las pretensiones formuladas frente a las codemandadas Agravella, S.L. y Boncarba, S.L., y absuelvo a tales demandadas respecto de las pretensiones contra ellas formuladas.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma es firme y frente a ella no cabe recurso.

Remítase el original al libro de sentencias, dejando testimonio en autos.

Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Agravella, S.L., Hostecarba, S.L., Boncarba, S.L., así como a su administrador único Jacobo Carballal Iglesias, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 1 de marzo de 2021

La letrada de la Administración de justicia