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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 53 Jueves, 18 de marzo de 2021 Pág. 15447

III. Otras disposiciones

Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo

RESOLUCIÓN de 11 de marzo de 2021 por la que se notifican las resoluciones de denegación e inadmisión de las solicitudes de subvenciones del Programa de ayudas para contribuir a minimizar el impacto económico y social de la COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual (código de procedimiento VI432E).

Con fecha de 22 de mayo de 2020 se publicó en el Diario Oficial de Galicia la Resolución de 19 de mayo de 2020 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones del Programa de ayudas para contribuir a minimizar el impacto económico y social de la COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual, y se convocan para el año 2020 (código de procedimiento VI432E).

El 10 de marzo de 2021 el director general del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo (en adelante, IGVS), a propuesta de la Dirección Técnica de Fomento, adoptó resolución por la que denegó e inadmitió las solicitudes de subvenciones presentadas al amparo de esta convocatoria.

Por lo expuesto, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 45 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en el ordinal vigésimo, punto 7, de la Resolución de 19 de mayo de 2020,

RESUELVO:

Publicar el listado de las personas a las que se deniega o inadmite la solicitud de subvención del Programa de ayudas para contribuir a minimizar el impacto económico y social de la COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual. El citado listado podrá consultarse en la página web www.igvs.xunta.gal.

Las persoas interesadas podrán interponer contra las resoluciones de denegación o inadmisión, que no ponen fin a la vía administrativa, recurso de alzada ante la persona titular de la Presidencia del IGVS en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de esta publicación en el Diario Oficial de Galicia, de acuerdo con lo previsto en los artículos 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Santiago de Compostela, 11 de marzo de 2021

Heriberto García Porto
Director general del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo