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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 51 Martes, 16 de marzo de 2021 Pág. 15121

VI. Anuncios

b) Administración local

Ayuntamiento de Santiago de Compostela

ANUNCIO de información pública de la modificación puntual del título III del Plan general de ordenación municipal (PGOM). Regulación de usos.

El Pleno de la Corporación, en sesión extraordinaria que tuvo lugar el día 12 de marzo de 2021, adoptó el siguiente acuerdo:

a) Aprobar inicialmente la modificación puntual del título III del Plan general de ordenación municipal (regulación de usos), según el documento formulado por los servicios técnicos municipales de planeamiento en marzo de 2021.

b) En aplicación del procedimiento regulado en los artículos 60.6 de la Ley 2/2016, del suelo de Galicia (LSG), y 144.6 de su reglamento de desarrollo (RLSG), la modificación inicialmente aprobada se someterá a información pública durante el plazo de dos meses, mediante anuncios que al efecto se publicarán en el Diario Oficial de Galicia y en un periódico de los de mayor difusión en la provincia.

Suspensión de licencias y actos sujetos a comunicación previa

El acuerdo de aprobación inicial determina automáticamente, por aplicación de lo que disponen los artículos 47.2 de la LSG y 86 del RLSG, la suspensión del procedimiento de otorgamiento de licencias de edificación, parcelación y derribo que resulten incompatibles o contrarias a las nuevas determinaciones de la modificación inicialmente aprobada.

La suspensión incluye también los actos sujetos a comunicación previa cuando supongan la implantación de usos o actividades no autorizados por el nuevo planeamiento (artículo 86.3.d) del RLSG).

Actos no afectados por la suspensión

Dado el contenido y alcance de la reforma, la suspensión no afectará:

– A las licencias de parcelación y derribo.

– A las obras de nueva edificación, reforma y rehabilitación, excepto que conlleven la implantación de usos o actividades no autorizados por el nuevo plan.

– A las licencias de primera ocupación.

– A los proyectos que cumplan simultáneamente el planeamiento vigente y el resultante de la modificación inicialmente aprobada.

– A los actos sujetos a comunicación previa, excepto que supongan la implantación de usos o actividades no autorizados por el nuevo plan.

El ámbito territorial de la suspensión abarca todo el término municipal, con la única excepción del suelo rústico, que se rige por la legislación del suelo de Galicia.

La suspensión tendrá la duración máxima de dos años, contados a partir del día siguiente al acuerdo de aprobación inicial, y se extinguirá en todo caso con la aprobación definitiva del planeamiento.

Lo que se publica a fin de que, durante el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente a la publicación de este anuncio, los interesados puedan consultar el expediente y formular las alegaciones que estimen oportunas. En las alegaciones que se presenten deberá constar la referencia PLA/38/2019.

La documentación sometida a exposición pública estará a disposición de los interesados en el Servicio de Planeamiento y Gestión Urbanística del Ayuntamiento de Santiago de Compostela (Pazo de Raxoi, 2ª planta), de lunes a viernes, en horario de 9.00 a 14.00 horas, previa cita que habrá de solicitarse en el número de teléfono 981 54 24 26, y en la página web del ayuntamiento https://transparencia.santiagodecompostela.gal/Modificacion-puntual-do-titulo-III-do-PXOM.-Regulacion-de-usos/gl

Santiago de Compostela, 12 de marzo de 2021

El alcalde
P.D. (DEC/4742/2019, de 17 de junio)
Mercedes Rosón Ferreiro
Concejala delegada de Urbanismo, Vivienda y Ciudad Histórica