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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 45 Lunes, 8 de marzo de 2021 Pág. 13734

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación

RESOLUCIÓN de 25 de febrero de 2021, de la Jefatura Territorial de Lugo, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Lugo (expediente IN407A 2020/52 AT).

Visto el expediente para otorgamiento de la autorización administrativa previa y de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se describe:

Peticionario: Begasa.

Domicilio social: calle Aller Ulloa, Ramón María, nº 9, 27003 Lugo.

Denominación: reforma del parque de 20 kV de la subestación de la calle Conde (Lugo).

Situación: ayuntamiento de Lugo.

Visado: sí, Colegio oficial de Ingenieros Industriales de Madrid, con número de visado 201600911, en fecha 18 de marzo de 2016.

Características técnicas principales:

• Situación actual de la S.E. en la calle Conde, sistema de 20 kV.

Planta baja: formada por dos grupos de celdas, un conjunto de siete (7) celdas de mampostería, con aparamenta convencional aislada en aire con doble barra y un conjunto de tres (3) celdas blindadas aisladas en SF6.

Entreplanta: formada por dos grupos de celdas, un conjunto de seis (6) celdas aisladas en aire de simple barra (barras III) y un conjunto de seis (6) celdas aisladas en aire de simple barra (barras IV).

Servicios auxiliares y trafo abonado formados por un transformador trifásico de 315 kVA, desde el que se alimenta el armario de SS.AA. CA y CC para alimentar en 380/220 Vca a los equipos de la S.E.

Control y protección formados por el cuadro de control, armario ATM, armario de la remota, equipo rectificador-batería de 48 Vcc de subestación, equipo rectificador-batería de 48 Vcc de telemando, armarios de distribución de SS.AA. de 380/220 Vcay 48 Vcc.

• Alcance de la reforma:

Consiste en la renovación completa del parque de 20 kV sustituyendo las celdas existentes de tres tecnologías diferentes por nuevas celdas blindadas de distribución primaria con aislamiento en SF6 y control integrado.

Se renuevan también los armarios de distribución de corriente alterna y continua para servicios auxiliares de la S.E. pasando todas las alimentaciones de protección y control a 125 Vcc.

Desde el punto de vista eléctrico se contemplan tres situaciones:

1) Situación inicial, descrita anteriormente.

2) Situación intermedia, en la que la S.E. está en funcionamiento solo con las celdas blindadas existentes y se dejan fuera de servicio las celas de mamposteria.

3) Situación final, con la S.E. funcionando con las nuevas celdas y equipos.

• Situación final de la S.E. calle Conde, sistema de 20 kV.

Una vez terminada la reforma, el sistema de 20 kV queda formado por un conjunto de diecinueve (19) celdas blindadas y de aislamiento en SF6 en configuración de simple barra partida con la siguiente composición:

Trece (13) posiciones de línea.

Una (1) posición de transformador de abonados y SS.AA.

Una (1) posición de SS.AA.

Una (1) posición de acoplamiento de barras longitudinal.

Una (1) posición de remonte.

Dos (2) posiciones de medida de barras.

Trafo de abonados, quedará montado un transformador seco de 300 kVA.

Servicios auxiliares, quedarán formados por un transformador seco de 160 kVA, un equipo rectificador batería de 125 Vcc, un armario de servicios auxiliares de 125 Vcc (A2), dos armarios de llegada de TSA (A01 y A02), un armario de servicios auxiliares de CA (A1) y un armario de comunicaciones (C1).

Control y protección, se dotará a la S.E. Conde de un sistema de control y protección integrado y sustitución del control convencional existente, para lo que se sustituyen los armarios de control existentes por un armario de servicios generales y nuevas unidades de control y protección de posición (UCP) montadas en las celdas de 20 kV.

Será necesario incrementar la longitud de las líneas de media tensión que confluyen en la S.E. para llegar a las nuevas posiciones.

– Finalidad de la instalación: mejora de instalaciones.

– Presupuesto: 609.458,00 €.

– Documentación complementaria:

• Separata para el Ayuntamiento de Lugo.

Esta jefatura territorial, de acuerdo con las competencias que resultan del Decreto 230/2020, de 23 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la consellería, y teniendo en cuenta el Decreto 9/2017, de 12 de enero, sobre órganos competentes para autorización de instalaciones eléctricas en la Comunidad Autónoma de Galicia,

RESUELVE:

En relación con la instalación de alta tensión, conceder la autorización administrativa previa y de construcción de dichas instalaciones, sin perjuicio de terceros y con independencia de las autorizaciones que sean necesarias para la ejecución de la obra por parte de otros órganos de la Administración, condicionado al cumplimiento de las siguientes condiciones:

Primera. Las instalaciones deberán ajustarse en su ejecución a lo dispuesto en el citado proyecto de ejecución, debiendo realizarse la dirección de obra por técnico competente.

Segunda. El peticionario asegurará el mantenimiento y vigilancia de las instalaciones durante la construcción y después de su puesta en servicio, a fin de garantizar que en todo momento se mantendrán las condiciones reglamentarias de seguridad.

Tercera. En todo momento deberán cumplirse las normativas y directrices vigentes que sean de aplicación, en particular, cuanto establece la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, el Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de la alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias, el Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias.

En relación con la instalación de baja tensión, se deberá seguir lo dispuesto en el artículo 18 del Real decreto 842/2002 para su puesta en servicio, así como en su instrucción ITC-BT-04, debiendo aportar en su momento la documentación exigida con carácter previo a la puesta en servicio de la instalación, para su revisión por esta administración y posterior inscripción de la instalación en el correspondiente registro.

El plazo de puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de doce meses, a contar a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución.

Contra esta resolución se podrá interponer recurso de alzada ante el vicepresidente segundo y conselleiro de Economía, Empresa e Innovación en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución; también se podrá interponer cualquier otro recurso que se estime pertinente a su derecho.

Lugo, 25 de febrero de 2021

Gustavo José Casasola de Cabo
Jefe territorial de Lugo