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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 41 Martes, 2 de marzo de 2021 Pág. 12559

III. Otras disposiciones

Consellería de Infraestructuras y Movilidad

DECRETO 35/2021, de 18 de febrero, por el que se aprueba el cambio de titularidad, a favor del Ayuntamiento de Cenlle, de un tramo antiguo de la N-120 denominado Variante de Trasariz.

A tenor de lo previsto en el artículo 9.4 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, los cambios de titularidad de carreteras o tramos de ellas, cuando no se trate de travesías urbanas o tramos de ellas que estén incluidos en el inventario de travesías de su Administración titular, deberán ser aprobados por decreto de la Xunta de Galicia, a propuesta de la consellería competente en materia de carreteras y previo acuerdo entre las administraciones afectadas.

Por otra parte, la citada Ley de carreteras dispone en el artículo 9.7 que los cambios de titularidad podrán incluir carreteras, tramos de ellas, elementos funcionales y/o espacios de la zona de dominio público adyacente.

El Ayuntamiento de Cenlle solicita a la Agencia Gallega de Infraestructuras la transferencia de un tramo antiguo de la N-120 a su paso por la localidad de Trasariz, desde el punto kilométrico 589+79 al punto kilométrico 598+11, aproximadamente 420 metros. Dicho tramo se corresponde con la denominada Variante de Trasariz que enlaza en su inicio y final con la N-120, con una longitud total de 430 m. Este tramo objeto de transferencia debe referenciarse como la Variante de Trasariz en el lugar de la N-120. Los puntos kilométricos solicitados de la N-120 se corresponden con los puntos kilométricos 0+000 hasta el punto kilométrico 0+430 de dicha variante. Este tramo de 430 m de longitud de titularidad autonómica que discurre por el núcleo rural de Trasariz carece de funcionalidad dentro de la Red autonómica de carreteras, por lo que la Agencia Gallega de Infraestructuras, de acuerdo con el informe emitido por los servicios competentes, formuló la propuesta favorable a la transferencia de titularidad del tramo que se define en el artículo 1.

De conformidad con lo anteriormente expuesto, a propuesta de la conselleira de Infraestructuras y Movilidad, y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día dieciocho de febrero de dos mil veintiuno,

DISPONGO:

Artículo 1

Aprobar el cambio de titularidad a favor del Ayuntamiento de Cenlle:

Clave

Denominación

p.k.

Coordenadas UTM (ETRS89)

p.k.

Coordenadas UTM (ETRS89)

Longitud

Resto de la carretera N-120

Variante de Trasariz

0+000

X=576.445 Y=4.686.464

0+430

X=576.285 Y=4.686.202

430 m

Artículo 2

En aplicación de los apartados 4 y 6 del artículo 10 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, el Ayuntamiento de Cenlle deberá modificar su catálogo de carreteras para incluir el cambio de titularidad a que se refiere este decreto.

Artículo 3

De acuerdo con lo establecido en el artículo 9.6 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, el cambio de titularidad será efectivo al día siguiente de la publicación de este decreto en el Diario Oficial de Galicia. La entrega de los bienes se formalizará en el plazo de los dos meses siguientes a esta publicación mediante la firma de la correspondiente acta de entrega.

Artículo 4

Corresponde al Ayuntamiento de Cenlle, a partir de la formalización de la entrega, todas las actividades de gestión, mantenimiento, conservación y explotación de los viales, así como el ejercicio de las funciones de disciplina vial y cualquier otra que pudiese corresponderle como nueva Administración titular de las carreteras.

Disposición final

Este decreto producirá efectos desde el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, dieciocho de febrero de dos mil veintiuno

Alberto Núñez Feijóo
Presidente

Ethel Mª Vázquez Mourelle
Conselleira de Infraestructuras y Movilidad