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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 35 Lunes, 22 de febrero de 2021 Pág. 11111

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela

EDICTO (DOI 96/2020).

Yo, María Teresa Vázquez Abades, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento de despido objetivo individual 96/2020 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Concepción López Cisneros contra la empresa Bierzo Enxebre, S.L., sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución, cuyos términos del acuerdo y la parte dispositiva son como sigue:

La empresa demandada reconoce la improcedencia del despido con fecha de efectos del día 6.1.2020 y, en consecuencia, ofrece a la trabajadora en concepto de indemnización la cantidad neta de 18.077,24 euros. Asimismo, la empresa reconoce el adeudo de los salarios de octubre de 2019 a enero de 2020, así como el finiquito correspondiente, lo que asciende a una cantidad de 5.141,45 euros.

En consecuencia, la cantidad total en concepto de salarios e indemnización asciende a la cantidad de 23.218,69 euros, que serán abonados en su totalidad en la cuenta bancaria en donde la trabajadora habitualmente venía percibiendo sus emolumentos antes del día 15 de julio de 2020.

La trabajadora suscribe las manifestaciones anteriores realizadas y acepta el ofrecimiento de la empresa de las cantidades expresadas y la forma de pago, y manifiesta que con el cobro de dichas cantidades se entenderá totalmente saldada y finiquitada sin nada más que reclamar.

Parte dispositiva

Acuerdo: se aprueba la conciliación alcanzada entre las partes, en los términos expresados en la comparecencia previa a esta resolución.

Archívense las actuaciones.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Bierzo Enxebre, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia y en el tablón de anuncios de este juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 1 de febrero de 2021

La letrada de la Administración de justicia