Visto el expediente para otorgamiento de la autorización administrativa previa y de la autorización administrativa de construcción de las instalaciones eléctricas que a continuación se describen, tal y como se recogen en el proyecto firmado por el ingeniero industrial David Núñez Fernández, colegiado nº 1534 del Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Galicia, en A Coruña, en junio de 2020, con visado nº 20201374 de 11.6.2020.
Solicitante: ADIF Alta Velocidad; CIF: Q2802152-E.
Dirección: calle Sor Ángela de la Cruz, nº 3, 28020 Madrid.
Denominación: LMTS y CT compacto para estación intermodal de Ourense.
Situación: calle Eulogio Gómez Franqueira, s/n, Ourense.
Presupuesto: 55.165,29 €.
Características técnicas: LMT con entrada y salida en CT proyectado, conductor tipo RHZ1-2 OL-12/20 kV, 3 (1×240 Al), que tiene su origen en la LMT VLL807 procedente del CT Jesús Pousa (expediente 01/53 AT) -32CAN1- y final en la misma LMT VLL807, tramo a CT Francisco Blanco (expediente 04/59 AT) -32 CCA5-, despues de la E/S en el CT proyectado. CT del tipo subterráneo prefabricado compacto con envolvente de hormigón y ventilación horizontal, con celdas 2 L+1 P telecontrolado, y transformador de 400 kVA con r/t: 20.000/400-230 V.
Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y los reglamentarios previstos en el capítulo II, título VII, del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y en la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales, esta jefatura territorial resuelve:
Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción a dichas instalaciones, cuyas características se ajustarán en todas sus partes al proyecto arriba señalado y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación y en los condicionados establecidos por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en el expediente.
Esta autorización se otorga sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten de aplicación y, en especial, las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.
El plazo de puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de seis meses, contados a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución.
Contra la presente resolución se podrá interponer recurso de alzada ante el vicepresidente segundo y conselleiro de Economía, Empresa e Innovación en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución; también se podrá interponer cualquier otro recurso que se considere pertinente.
Ourense, 8 de octubre de 2020
Santiago Álvarez González
Jefe territorial de Ourense