A los efectos previstos en el artículo 28 del Reglamento para la ejecución de la Ley 13/1989, de 10 de octubre, de montes vecinales en mano común, el Decreto 260/1992, de 4 de septiembre, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se hace público que el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Lugo, en la sesión que tuvo lugar el 11.1.2021 en la sala de juntas de la Jefatura Territorial de la Consellería de Presidencia, Justicia y Turismo, bajo la presidencia de María Olga Iglesias Fontal, y con la asistencia de los vocales Miguel Ángel Cela González, Mª Esmeralda Mouriz Fernández y Antonio José López-Acuña Herrero, y de la secretaria Lucía Belver Quiroga, dictó la resolución de clasificar como vecinal en mano común el siguiente monte:
– Nombre: Penas (ampliación).
– Pertenencia: Vecinos de la parroquia de Penas.
– Parroquia: Penas.
– Ayuntamiento: Monterroso.
– Superficie: 4,17 hectáreas.
En la siguiente tabla se indican las referencias catastrales de las parcelas clasificadas, así como de las colindantes. El plano que figura en el anexo, al final de este anuncio, facilita su localización.
Parcelas clasificadas |
Colindantes |
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27032A04100103 002500300NH94B |
Norte |
27032A04109012 27032A04100101 27032A04100090 |
Este |
27032A04100090 27032A04100091 |
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Sur |
27032A04100106 27032A04100105 |
|
Oeste |
27032A04109016 27032A04100132 |
Teniendo en cuenta esta ampliación, el MVMC de Penas cuenta con una superficie global de 167,74 hectáreas.
Contra esta resolución, desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Lugo en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Lugo en el plazo de dos meses, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa. Lo anterior, en relación con el precepto legal recogido en el artículo 12 de la Ley de montes vecinales en mano común y en el artículo 28 de su reglamento.
Lugo, 15 de enero de 2021
María Olga Iglesias Fontal
Presidenta del Jurado Provincial de Clasificación
de Montes Vecinales en Mano Común de Lugo