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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 19 Viernes, 29 de enero de 2021 Pág. 6026

III. Otras disposiciones

Agencia Tributaria de Galicia

RESOLUCIÓN de 25 de enero de 2021 por la que se modifican las instrucciones de los modelos de declaración y autoliquidación de la tasa fiscal sobre el juego realizado en casinos, de la tasa fiscal sobre el juego del bingo y de la tasa fiscal sobre el juego realizado a través de máquinas de juego.

La Ley de medidas fiscales y administrativas de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2021 regula en su artículo 1 una bonificación de la tasa fiscal sobre juegos de suerte, envite o azar para las modalidades de casinos, bingo y máquinas recreativas. Esta bonificación, que se calcula sobre lo autoliquidado en el período impositivo 2020, se aplicará en las autoliquidaciones correspondientes al año 2021, lo que obliga a hacer cambios en los modelos de autoliquidación de estos tributos.

Los modelos de declaración y autoliquidación de los tributos sobre el juego están recogidos en el anexo I de la Orden de la Consellería de Hacienda de 27 de febrero de 2009, por la que se regula la presentación y el pago telemático de la tasa fiscal sobre el juego realizado en casinos, IV y V de la Orden de la Consellería de Hacienda de 27 de enero de 2014, por la que se regula el suministro electrónico de las tarjetas de bingo autorizados en la Comunidad Autónoma de Galicia y la presentación y el pago electrónico de la tasa fiscal sobre el juego del bingo, y II, III y IV de la Orden de 17 de marzo de 2014 por la que se regula la gestión y la presentación y el pago electrónico de la tasa fiscal sobre el juego realizado a través de máquinas de juego.

La disposición adicional sexta de la Orden de 27 de febrero de 2009, por la que se regula la presentación y el pago telemático de la tasa fiscal sobre el juego realizado en casinos, la disposición adicional quinta de la Orden de 27 de enero de 2014, por la que se regula el suministro electrónico de las tarjetas de bingo autorizados en la Comunidad Autónoma de Galicia y la presentación y el pago electrónico de la tasa fiscal sobre el juego del bingo, y , por último, la disposición adicional séptima de la Orden de 17 de marzo de 2014 por la que se regula la gestión y la presentación y el pago electrónico de la tasa fiscal sobre el juego realizado a través de máquinas de juego, autorizan a la Dirección de la Agencia Tributaria de Galicia a modificar o actualizar mediante resolución publicada en el Diario Oficial de Galicia los nexos de las propias órdenes, cuando fuese preciso como consecuencia de la modificación de las normas legales o reglamentarias o como consecuencia de los avances tecnológicos, los cambios de sistemas o cualquier otra circunstancia que hubiera precisado la correspondiente plasmación en los modelos aprobados o en las normas o especificaciones técnicas aprobadas por dichos anexos.

Por todo esto, conforme con lo expuesto, de acuerdo con lo establecido en las disposiciones adicionales de las órdenes que se citan más arriba, para hacer efectiva la presentación de las declaraciones y autoliquidaciónes de la tasa fiscal sobre el juego realizado en casinos, bingos y aparatos recreativos y poder aplicar la bonificación establecida en la Ley de medidas fiscales y administrativas de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2021,

RESUELVO:

Primero. Modificar las instrucciones del modelo 044 contenido en el anexo I de la Orden de la Consellería de Hacienda de 27 de febrero de 2009, por la que se regula la presentación y el pago telemático de la tasa fiscal sobre el juego realizado en casinos, de la siguiente manera:

En el bloque denominado «AUTOLIQUIDACIÓN». La casilla (04) CUOTAS INGRESADAS EN TRIMESTRES ANTERIORES tendrá el siguiente contenido:

CUOTAS INGRESADAS EN TRIMESTRES ANTERIORES (04): en caso de que se hubiesen autoliquidado pagos a cuenta de la deuda tributaria del año natural a que se refiere la autoliquidación, se consignará, según proceda, el importe correspondiente a las autoliquidaciones del año natural presentadas con anterioridad.

En esta casilla también se consignarán las deducciones/bonificaciones que el sujeto pasivo hubiese tenido derecho a aplicarse de acuerdo con la normativa tributaria vigente.

Segundo. Modificar las instrucciones del modelo 043 contenido en el anexo V de la Orden de la Consellería de Hacienda de 27 de enero de 2014, por la que se regula el suministro electrónico de las tarjetas de bingo autorizados en la Comunidad Autónoma de Galicia y la presentación y el pago electrónico de la tasa fiscal sobre el juego del bingo, de la siguiente manera:

En el bloque denominado «AUTOLIQUIDACIÓN». La casilla (7) IMPORTE AUTOLIQUIDACIONES ANTERIORES tendrá el siguiente contenido:

IMPORTE AUTOLIQUIDACIONES ANTERIORES (7): esta línea será cubierta en caso de que se tratase de una autoliquidación complementaria. En este caso, se consignará el importe que se hubiese autoliquidado en la autoliquidación a la que se complementa.

Esta casilla se empleará también para computar las deducciones/bonificaciones que el sujeto pasivo tuviera derecho a aplicarse de acuerdo con la normativa tributaria vigente.

Tercero. Modificar los anexos III y IV de la Orden de 17 de marzo de 2014 por la que se regula la gestión y la presentación y el pago electrónico de la tasa fiscal sobre el juego realizado a través de máquinas de juego, de la siguiente manera:

1. Se modifica la imagen del modelo 045 contenido en el anexo III de la orden siendo sustituido por el que figura en el anexo I de esta resolución.

2. Se modifica el bloque denominado AUTOLIQUIDACIÓN de las instrucciones del modelo 045 contenido en el anexo III de la orden que se añadirá el párrafo siguiente antes del TOTAL A INGRESAR:

– DEDUCCIÓN: en esta casilla se consignará el importe de las deducciones/bonificaciones que el sujeto pasivo tuviera derecho a aplicarse de acuerdo con la normativa tributaria vigente.

1. Se modifica la imagen del modelo 046 contenido en el anexo IV de la orden siendo sustituido por el que figura en el anexo II de esta resolución.

2. Se modifica el bloque denominado DATOS DE LAS MÁQUINAS de las instrucciones del modelo 046 contenido en el anexo IV de la orden quedando redactado como sigue:

Datos de las máquinas.

En este bloque se cargarán los datos totalizados correspondientes a los modelos 045 que ampara el modelo 046 según la tipología de las máquinas de juego, de forma que señalará el número de cada tipología, la suma total de las cuotas tributarias autoliquidadas, la suma total de las deducciones a aplicar, de ser el caso, y la suma total de los importes a ingresar correspondientes a los modelos 045 así como la suma total de dichos importes.

Cuarto. La presente resolución entrará en vigor el día 1 de febrero de 2021.

Santiago de Compostela, 25 de enero de 2021

Mª Victoria González Vázquez
Directora de la Agencia Tributaria de Galicia

ANEXO I

Modelo 045 de la tasa fiscal sobre el juego. Máquinas de juego. Autoliquidación (formato electrónico)

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ANEXO II

Modelo 046 de la tasa fiscal sobre el juego. Máquinas de juego. Autoliquidación (formato electrónico)

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