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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 237 Martes, 24 de noviembre de 2020 Pág. 46363

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela

EDICTO (DSP 74/2020).

Yo, María Teresa Vázquez Abades, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento despido/ceses en general 74/2020 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de María Jesús Castro Míguez contra Asociación Thaismon, Barti Servicios 2009, S.L., Fogasa, sobre despido, se ha dictado sentencia cuyo fallo dice:

Se tiene a María Jesús Castro Míguez por desistida de la demanda de despido entablada frente a Asociación Thaismon y se decreta el archivo del proceso respecto de dicha demandada.

Que estimando sustancialmente la demanda interpuesta por María Jesús Castro Míguez contra Barti Servicios 2009, S.L., Filomena Casal Gómez como administradora concursal de Barti Servicios 2009, S.L., y contra el Fondo de Garantía Salarial, efectúo los pronunciamientos siguientes:

1. Debo declarar y declaro la improcedencia del despido de la demandante efectuado por la mercantil Barti Servicios 2009, S.L. con fecha de efectos el día 5 de enero de 2020 y, no siendo realizable la readmisión de la trabajadora demandante, debo declarar y declaro extinguida a fecha de la presente resolución la relación laboral existente entre la demandante y la mercantil demandada.

2. Debo condenar y condeno a la mercantil Barti Servicios 2009, S.L. a estar y pasar por la anterior declaración y a que le abone a la demandante la suma de 3.138,32 euros en concepto de indemnización por la extinción de la relación laboral a fecha de esta resolución y la suma de 10.698 euros brutos en concepto de salarios de tramitación dejados de percibir desde la fecha de efectos del despido hasta la extinción de la relación laboral en la presente resolución, sin perjuicio de los descuentos que, en su caso, procedan respecto de dicha suma en fase de ejecución de sentencia, en relación con las prestaciones por desempleo o por la colocación de la demandante en otro empleo, en su caso, durante dicho periodo de salarios de tramitación y en función del salario que, de ser el caso, esté percibiendo en su nuevo empleo.

3. Debo condenar y condeno a Filomena Casal Gómez como administradora concursal de Barti Servicios 2009, S.L., en su sola condición de tal, a estar y pasar por las anteriores declaraciones y condena de la mercantil concursada.

4. En lo que atañe a la responsabilidad del Fogasa deberá estarse a lo que resulte de la aplicación del artículo 33 del Estatuto de los trabajadores, con notificación de esta resolución.

Notifíquese a las partes la presente resolución haciéndoles saber que frente a la misma podrán interponer recurso de suplicación para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de cinco días contados desde el siguiente al de su notificación.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la Ley reguladora de la jurisdicción social, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal.

La anterior resolución se entregará a la letrada de la Administración de justicia para su custodia e incorporación al libro de sentencias. Insértese en las actuaciones por medio de testimonio.

Por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en la primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Barti Servicios 2009, S.L., en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia y tablón de anuncios.

Santiago de Compostela, 2 de noviembre de 2020

La letrada de la Administración de justicia