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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 235 Viernes, 20 de noviembre de 2020 Pág. 45946

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Mondoñedo

EDICTO (329/2019).

Yo, Ana Rodríguez Puga, letrada de la Administración de justicia, por medio del presente edicto, hago saber que en el procedimiento de divorcio contencioso 329/2019 seguido ante este Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Mondoñedo, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo es el siguiente:

«Mondoñedo, 8 de octubre de 2020.

Vistos por mí, María Hortensia Bouso Darriba, jueza sustituta del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de los de Mondoñedo y su partido, los presentes autos de divorcio contencioso, registrados entre los de su clase con el número 329/2019, seguidos en este juzgado a instancia de Santiago Montoya Alzate, representado por el procurador de los tribunales Sr. Fernández Expósito y bajo dirección letrada del Sr. González González, contra Ana Belén Seco Álvarez, en situación de rebeldía procesal, en los que son de aplicación los siguientes.

Fallo.

Que, estimando íntegramente la demanda formulada por Santiago Montoya Alzate contra Ana Belén Seco Álvarez, en situación de rebeldía procesal, debo acordar y acuerdo:

1. Declarar disuelto por divorcio el matrimonio contraído en fecha 7 de julio de 2010 por Santiago Montoya Alzate y Ana Belén Seco Álvarez, con todos los efectos legales inherentes a dicha declaración, incluida la disolución de la sociedad legal de gananciales.

2. No procede efectuar especial pronunciamiento en orden a la atribución del domicilio conyugal.

3. No procede pensión compensatoria.

4. Sin especial imposición de costas procesales.

Firme que sea el pronunciamiento de divorcio, comuníquese de oficio al Registro Civil de Ribadeo, donde consta la inscripción del matrimonio, a fin de que se proceda a su anotación marginal.

Notifíquese esta sentencia a las partes.

Modo de impugnación: recurso de apelación dentro de los veinte días siguientes a su notificación, que se interpondrá ante este órgano judicial.

Así, por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, llevando el original al libro de sentencias del juzgado, lo pronuncio, mando y firmo».

Y encontrándose dicha demandada, Ana Belén Seco Álvarez, en paradero desconocido, se expide el presente edicto a fin de que sirva de notificación en forma, mediante su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Mondoñedo, 29 de octubre de 2020

La letrada de la Administración de justicia