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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 234 Jueves, 19 de noviembre de 2020 Pág. 45814

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Puertos de Galicia

CÉDULA de 11 de noviembre de 2020 por la que se hace pública la resolución del procedimiento de incautación de la embarcación Malaspina, con matrícula 3ª-VI-4-5684, varada en estado de abandono en el puerto de Cariño.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 44, 45 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, para que sirva de notificación a posibles herederos o herederas del propietario y, en su caso, a personas físicas y/o jurídicas que acrediten derechos o intereses legítimos, se hace público mediante la publicación en el Boletín Oficial del Estado, la presente resolución que declara la incautación, a favor de Puertos de Galicia, de la embarcación de nombre Malaspina, con matrícula 3ª-VI-4-5684, varada en estado de abandono en el puerto de Cariño (A Coruña).

El inicio del procedimiento de incautación, notificado a la Marina Mercante, se intentó notificar al propietario de la embarcación, Ignacio Najib Vázquez González, en los dos domicilios que constan en el expediente, siendo devueltas por el servicio de Correos con la mención al fallecimiento de esta persona. No obstante, el acuerdo de iniciación se publicó en el Boletín Oficial del Estado y en el Diario Oficial de Galicia, sin que ningún heredero o heredera del propietario o cualquier persona física o jurídica con derechos y/o intereses legítimos sobre la embarcación hubiese formulado alegación alguna.

Asimismo, este anuncio se publicará en el Diario Oficial de Galicia, bien que la eficacia del acto notificado quedará supeditada a su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

La presente resolución se emite con base en lo establecido en la regla decimoquinta de aplicación a la tarifa portuaria E-2 prevista en la Ley 6/2003, de 9 de diciembre, de tasas, precios y exacciones reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia, y en el artículo 49 del Reglamento de servicio y policía de los puertos, aprobado por la Orden ministerial de 12 de junio de 1976, vista la propuesta de resolución emitida por el instructor, por encontrarse la embarcación de referencia varada en el puerto de Cariño en estado de completo abandono desde hace cinco (5) años sin abonarse las tasas que fueron liquidadas.

De acuerdo con la normativa que se cita, y a través de los medios previstos en la Ley 5/2011, de 30 de septiembre, de patrimonio de la Comunidad Autónoma de Galicia, Puertos de Galicia podrá vender la embarcación o trasladarla a vertedero autorizado en el caso de estimarse que carece de valor alguno.

La presente resolución la emite la presidenta de Puertos de Galicia en virtud de las competencias conferidas por el artículo 12.3, apartados a) y l), de la Ley 6/2017, de 12 de diciembre, de puertos de Galicia.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa y es ejecutiva, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en un plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santiago de Compostela que corresponda.

Para su examen, el expediente se encuentra en las dependencias de los servicios centrales de Puertos de Galicia en Área Central, en la plaza de Europa, 5-A, 6º, Santiago de Compostela.

Santiago de Compostela 11 de noviembre de 2020

Susana Lenguas Gil
Presidenta de Puertos de Galicia