La Ley 3/2004, de 7 de junio, de creación del Instituto Tecnológico para el Control del Medio Marino de Galicia, establece en su artículo 7 el carácter y constitución de su consejo de administración. Por su parte, el artículo 4, apartado 1, del Decreto 41/2005, de 17 de febrero, del Reglamento del Instituto Tecnológico para el Control del Medio Marino de Galicia, determina que la consellería competente en materia de pesca designará cuatro de sus vocales, indicando el apartado 3 del referido artículo que la duración de sus cargos será de cuatro años, pudiendo ser reelegidos por períodos iguales.
Por lo expuesto, en ejercicio de la facultad atribuida,
DISPONGO:
La renovación como vocales del Consejo de Administración del Instituto Tecnológico para el Control del Medio Marino de Galicia de:
Susana Rodríguez Carballo
Lino Sexto Bermúdez
Paloma Rueda Crespo
Santiago de Compostela, 9 de noviembre de 2020
Rosa María Quintana Carballo
Conselleira del Mar