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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 232 Martes, 17 de noviembre de 2020 Pág. 45457

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Mar

RESOLUCIÓN de 23 de octubre de 2020 por la que se autoriza la transmisión mortis causa mediante pacto de mejora de la concesión administrativa y de la batea Rianxo III.

Visto el expediente instruido a efectos de transmisión de la concesión administrativa y de la batea Rianxo III, resulta:

a) Antecedentes:

Primero. Mediante escrito de 14 de agosto de 2020, Rosa Fungueiriño Suárez solicitó autorización para transmisión mortis causa mediante pacto de mejora de la concesión administrativa y de la batea Rianxo III.

Segundo. El informe de la Dirección General de Pesca, Acuicultura e Innovación Tecnológica sobre la tramitación del expediente es favorable.

b) Consideraciones legales y técnicas:

Primero. Este órgano es competente para resolver el expediente conforme a la Ley 11/2008, de 3 de diciembre, de pesca de Galicia (DOG número 243, de 16 de diciembre), modificada por la Ley 6/2009, de 11 de diciembre (DOG número 243, de 15 de diciembre), con la Orden de 8 de septiembre de 2017 de delegación de competencias en la Secretaría General Técnica de la Consellería del Mar, en las direcciones generales y jefaturas territoriales y en la Presidencia del Consejo de Administración del ente público Puertos de Galicia.

Segundo. La Ley 2/2006, de 14 de junio, del derecho civil de Galicia (DOG número 124, de 29 de junio), en sus artículos 209 y siguientes, regula los pactos sucesorios como negocios mortis causa, y con la forma de pactos de apartación o pactos de mejora.

Tercero. El expediente siguió todos los trámites establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE número 236, de 2 de octubre), con las especialidades previstas en el Decreto 406/1996, de 7 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia (DOG número 228, de 21 de noviembre), en la Orden de 15 de junio de 1999 por la que se regula el procedimiento para la transmisión de la titularidad de las concesiones de las bateas de cultivos marinos en aguas de Galicia (DOG número 126, de 2 de julio).

Por todo lo anterior,

RESUELVO:

Autorizar la transmisión mortis causa mediante pacto de mejora, a favor de Sergio Buela Fungueiriño (***8809**), de la concesión administrativa y de la batea que se indica a continuación:

Identificación:

Tipo: batea.

Nombre: Rianxo III.

Ubicación:

Cuadrícula nº: 180.

Polígono: E.

Distrito: Caramiñal (A Coruña).

Especie autorizada: mejillón (Mytilus galloprovincialis).

Título habilitante: concesión de actividad.

Orden de otorgamiento: 20.5.1964.

Fin de la vigencia: 15.12.2029.

Actual titular: Rosa Fungueiriño Suárez (***6010**).

Nuevos titulares: Rosa Fungueiriño Suárez (***6010**) y Sergio Buela Fungueiriño (***8809**).

Los nuevos titulares de la concesión quedan subrogados en los derechos y obligaciones de la anterior.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición, en el plazo de un (1) mes, ante la conselleira del Mar, o recurso contencioso-administrativo, ante la jurisdicción contencioso-administrativa, que se interpondrá en el plazo de dos (2) meses, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y del artículo 46.1 de la Ley 28/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

A Coruña, 23 de octubre de 2020

La conselleira del Mar
P.D. (Orden de 8.9.2017)
María José Cancelo Baquero
Jefa territorial de A Coruña