Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 231 Lunes, 16 de noviembre de 2020 Pág. 45258

V. Administración de justicia

Juzgado de Instrucción número 3 de Lugo

EDICTO (MHC 36/2018).

En el procedimiento de modificación de medidas con relación a hijos extramatrimoniales supuesto contencioso 36/2018 del Juzgado de Instrucción número 3 de Lugo, seguido por Pablo Villar López frente a Irina Platova, declarada en situación de rebeldía procesal, se ha dictado sentencia con número 16/2020 con el siguiente encabezamiento y fallo

«En Lugo a 23 de julio de 2020.

Sergio Orduña Alonso, magistrado del Juzgado de Instrucción número 3 de Lugo y su partido, ha visto los presentes autos de procedimiento número 36/2018 en donde ha sido parte demandante Pablo Villar López, bajo la representación procesal de Jacobo Varela Puga y con la asistencia del letrado Féliz Mondelo Santos, y parte demandada Irina Platova, en situación de rebeldía procesal, habiendo sido parte el Ministerio Fiscal,

Fallo que estimo parcialmente la demanda interpuesta por la representación procesal de Pablo Villar López contra la demandada Irina Platova y, en consecuencia, se modifican las medidas en su día acordadas en la sentencia dictada en fecha 31 de julio de 2017, Sentencia 25/2017, de este órgano judicial en el sentido de atribuir en exclusiva el ejercicio de la patria potestad de su hijo menor Alejandro Villar Gritsaev a favor del demandante, progenitor custodio del mismo, Pablo Villar López.

Y todo ello sin expresa condena en costas.

Contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Lugo en el plazo de veinte días desde su notificación previa consignación de 50 euros en la cuenta del expediente, de conformidad con lo ordenado en la disposición adicional decimoquinta de la Ley orgánica 1/2009.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgada en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y encontrándose la demandada, Irina Platova, en situación de rebeldía procesal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4, 164 y 497.2 de la Ley 1/2000, de enjuiciamiento civil, por el presente edicto se notifica a Rubén Castro Trigo el contenido de la sentencia dictada en el referido procedimiento.

Lugo, 6 de octubre de 2020

Gonzalo Lobato Andrés
Letrado de la Administración de justicia