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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 230 Viernes, 13 de noviembre de 2020 Pág. 45144

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación

RESOLUCIÓN de 23 de octubre de 2020, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa, de construcción y declaración de utilidad pública, en concreto, de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de Padrón (expediente-e IN407A 2020/48-1).

Expediente-e: IN407A 2020/48-1.

Promotora: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Instalación: Reglamentación LMTA PAD809-vano 15-B-7/15-B-8.

Ayuntamiento: Padrón.

Hechos:

1. El 4 de marzo de 2020 la empresa promotora solicitó la autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y la declaración de utilidad pública de la instalación de distribución eléctrica indicada.

Entregan el proyecto, que incluye memoria, planos y presupuesto, conforme establece el artículo 123 del Real decreto 1955/2000, que comprende el proyecto de ejecución denominado Reglamentación LMTA. PAD809- vano 15-B-7/15-B-8, firmado por Pedro Tizón Barro, ingeniero técnico Industrial, colegiado número 3.270 de A Coruña, el 4 de febrero de 2020, con visado número 319/20-CO, de 5 de febrero de 2020.

2. El proyecto se sometió al trámite de información pública mediante resolución publicada en los siguientes medios:

• Acuerdo de información pública: 22 de junio de 2020.

• DOG: 13 de julio de 2020.

• BOP: 26 de junio de 2020.

• Diario La Voz de Galicia: 6 de julio de 2020.

• Tablón de anuncios del ayuntamiento: según certificado municipal de 27 de julio de 2020.

3. Durante el período en el que se sometió el proyecto al trámite de información pública no se presentó alegación alguna, reclamación o sugerencia relacionada con la documentación objeto de publicación.

4 . De acuerdo con lo establecido en el artículo 127 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se dio traslado a las distintas administraciones, organismos o, en su caso, empresas de servicio público o de servicios de interés general, de una separata del proyecto, en la parte que la instalación pudiese afectar a bienes y derechos a su cargo, conteniendo las características de la instalación y la documentación cartográfica correspondiente.

En concreto, UFD Distribución Electricidad, S.A. presentó separatas para los siguientes organismos:

Augas de Galicia: no consta en el expediente, a día de hoy, contestación del organismo a la solicitud de condicionado ni a la reiteración.

Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda de A Coruña-Servicio de Patrimonio Natural: no consta en el expediente, a día de hoy, contestación del organismo a la solicitud de condicionado ni a la reiteración.

Ayuntamiento de Padrón: emite informe de fecha 15 de septiembre de 2020. UFD Distribución Electricidad, S.A. con fecha 23 de septiembre de 2020, manifestó su conformidad con los condicionados emitidos.

5 . Los servicios técnicos de la jefatura territorial emitieron informe favorable sobre la solicitud de autorización.

Consideraciones legales y técnicas:

1. El jefe territorial es competente para resolver este expediente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 66.a) del Decreto 135/2017, de 28 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Economía, Empleo e Industria, conforme a la disposición transitoria tercera del Decreto 130/2020, de 17 de septiembre, por el que se fija la estructura orgánica de las vicepresidencias y de las consellerías de la Xunta de Galicia.

2. Legislación de aplicación.

• Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

• Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

• Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).

• Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).

• Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09 (BOE núm. 68, de 19 de marzo).

• Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalación eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23 (BOE núm. 139, de 9 de junio).

• Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión (BOE núm. 224, de 18 de septiembre).

• Real decreto 2563/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de industria, energía y minas (BOE núm. 246, de 14 de octubre).

• Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG núm. 22, de 1 de febrero).

• Decreto 110/2020, de 6 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Xunta de Galicia (DOG núm. 181, de 7 de septiembre).

• Decreto 130/2020, de 17 de setiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Economía, Empresa e Innovación (DOG núm. 190, de 18 de septiembre).

• Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre expropiación forzosa (BOE núm. 351, de 17 de diciembre).

• Decreto de 26 de abril de 1957 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de expropiación forzosa (BOE núm. 160, de 20 de junio).

3. Características técnicas.

Sustitución del apoyo número 15-B-8 del tipo HVH-15/2500-CR1 por otro de tipo C-20/2000- H35, donde se realizará un paso aéreo-subterráneo. A continuación se ejecutará un tramo de LMTS en conductor de tipo RHZ1-3×(1×240) Al entre el nuevo apoyo y los empalmes a realizar con la LMTS existente de alimentación al CT 15 PGJ3.

4. En la visita de campo realizada para examinar el emplazamiento de la instalación no se apreció, en las fincas sometidas a expropiación, ninguna de las limitaciones a la constitución de la servidumbre indicadas en el artículo 58.a) de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

5. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de esta jefatura territorial.

De acuerdo con todo lo indicado,

RESUELVO:

1. Conceder la autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción y la declaración de utilidad pública de la instalación eléctrica.

2. La instalación se ejecutará en el plazo de un año, contado a partir de la fecha de ocupación de los terrenos.

La declaración de utilidad pública lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación, a efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

3. Para la puesta en funcionamiento de la instalación autorizada, deberá presentar ante esta jefatura territorial una solicitud que se acompañará de la siguiente documentación:

• Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipo y las certificaciones u homologaciones, si procede.

• Un certificado del/de la director/a del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y prescripciones complementarias, si las hubiere, así como de las reglamentaciones y normas oportunas para el montaje de la instalación y puesta a punto.

4. Esta autorización se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el conselleiro de Economía, Empresa e Innovación, en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que se considere pertinente.

Mediante este documento se le notifica a la empresa promotora esta resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

A Coruña, 23 de octubre de 2020

Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña

Disposición transitoria tercera del Decreto 130/2020, de 17 de septiembre, por el que se fija la estructura orgánica de las vicepresidencias y de las consellerías de la Xunta de Galicia.