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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 221 Lunes, 2 de noviembre de 2020 Pág. 43557

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación y Universidad

ORDEN de 23 de octubre de 2020 por la que se ratifica el acuerdo de extinción de la Fundación Benigno Quiroga Fernández y se dispone su inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego.

Examinado el expediente de extinción de la Fundación Benigno Quiroga Fernández, adscrita al protectorado de la Consellería de Cultura, Educación y Universidad, resultan los siguientes

Hechos:

Primero. En fecha 30 de septiembre de 2020 tuvo entrada en el Registro General de la Xunta de Galicia la solicitud de ratificación y posterior inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego del acuerdo de extinción de la Fundación Benigno Quiroga Fernández, adoptado por el patronato el 9 de marzo de 2020.

Segundo. La Fundación Benigno Quiroga Fernández fue constituida en escritura pública, otorgada ante el notario Luis Costa Figueiras el día 6 de julio de 1920, y clasificada como de beneficencia particular docente mediante Real orden del Ministerio de Instrucción Pública y Bellas Artes de 6 de julio de 1927.

De acuerdo con dicha orden, la fundación fue instituida en Punxín por Benigno Quiroga Fernández, que dejó un 15 % de su herencia para fundar un colegio enteramente laico, asegurándole una renta para que pudiese sostenerse por lo menos durante veinte años.

El expediente correspondiente a esta fundación fue transferido a la Xunta de Galicia en virtud del Real decreto 1763/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de educación.

La fundación figura registrada sin actividad. La única actuación que consta en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego data del año 1989, en el que el protectorado autorizó al patronato a ceder el uso y disfrute del edificio y el terreno de la fundación al Ayuntamiento de Punxín por un plazo máximo de treinta años.

Tercero. El órgano de gobierno de la fundación, en su reunión de 9 de marzo de 2020, adoptó el acuerdo de extinguir la fundación como consecuencia de su prolongada inactividad y la imposibilidad de realizar sus fines.

En el expediente tramitado al efecto consta la siguiente documentación:

a) Certificación del acuerdo de extinción adoptado por el patronato.

b) Memoria justificativa de la concurrencia de la causa de extinción.

d) Proyecto de distribución de los bienes y derechos resultantes de la liquidación.

e) Informe-propuesta del protectorado.

Consideraciones legales:

Primero. La Consellería de Cultura, Educación y Universidad es competente para el ejercicio de las funciones de protectorado sobre la Fundación Benigno Quiroga Fernández, de conformidad con lo establecido en el Decreto 138/2018, de 8 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional, en relación con el artículo 47 de la Ley 12/2006, de 1 de diciembre, de fundaciones de interés gallego.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7.2.b) del Reglamento del Registro de Fundaciones de Interés Gallego, aprobado por el Decreto 15/2009, de 21 de enero, corresponde a la Consellería de Cultura, Educación y Universidad la inscripción en la sección correspondiente del Registro de Fundaciones de Interés Gallego de todos los actos relativos a las fundaciones sobre las que ejerza las funciones de protectorado.

Segundo. El artículo 44 de la Ley 12/2006, de 1 de diciembre, de fundaciones de interés gallego, establece entre las causas de extinción de las fundaciones la imposibilidad de realización del fin fundacional, siendo necesario a tal efecto el acuerdo favorable del patronato, ratificado por el protectorado. Dicho artículo dispone, asimismo, que el acuerdo de extinción se inscribirá en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego.

Tercero. El acuerdo de extinción se adoptó siguiendo los requisitos establecidos en la normativa vigente y fue aprobado por el patronato en su reunión de 9 de marzo de 2020. En el expediente tramitado consta la memoria justificativa de la causa de extinción y demás documentación prevista en los artículos 44 y 45 de la Ley 12/2006 y en el artículo 48 del Reglamento de fundaciones de interés gallego, aprobado por el Decreto 14/2009, de 21 de enero.

Por lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en la Ley 12/2006, de 1 de diciembre, de fundaciones de interés gallego; en el Reglamento de fundaciones de interés gallego, aprobado por el Decreto 14/2009, de 21 de enero; en el Reglamento del Registro de Fundaciones de Interés Gallego, aprobado por el Decreto 15/2009, de la misma fecha, y demás normativa de general aplicación,

DISPONGO:

Primero. Ratificar el acuerdo de extinción de la Fundación Benigno Quiroga Fernández, adoptado por el patronato de la fundación en su reunión de 9 de marzo de 2020.

Segundo. Ordenar la inscripción de la extinción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego, Sección de la Consellería de Cultura, Educación y Universidad.

Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse un recurso contencioso-administrativo, ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de que, con carácter potestativo, pueda interponerse un recurso de reposición, ante el conselleiro de Cultura, Educación y Universidad, en el plazo de un mes, según lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Santiago de Compostela, 23 de octubre de 2020

El conselleiro de Cultura, Educación y Universidad
P.D. (Orden de 5.12.2018; DOG núm. 243, de 21 de diciembre)
Manuel Vila López
Secretario general técnico de la Consellería de
Cultura, Educación y Universidad