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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 217 Miércoles, 28 de octubre de 2020 Pág. 42946

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Mar

RESOLUCIÓN de 5 de octubre 2020 por la que se autoriza la transmisión mortis causa, mediante pacto de mejora, de las concesiones administrativas y de las bateas Med I y Tourís I.

Vistos los expedientes instruidos a efectos de la transmisión de las concesiones administrativas y de las bateas Med I y Tourís I resulta:

a) Antecedentes:

Primero. Mediante escritos de 8 de julio de 2020, Isabel Tourís Resúa solicitó autorización para transmisión mortis causa mediante pacto de mejora de las concesiones administrativas y de las bateas Med I y Tourís I.

Segundo. Los informes de la Dirección General de Pesca, Acuicultura e Innovación Tecnológica sobre la tramitación de los expedientes son favorables.

b) Consideraciones legales y técnicas:

Primera. Este órgano es competente para resolver el expediente conforme a la Ley 11/2008, de 3 de diciembre, de pesca de Galicia (DOG número 243, de 16 de diciembre), modificada por la Ley 6/2009, de 11 de diciembre (DOG número 243, de 15 de diciembre), con la Orden de 8 de septiembre de 2017 de delegación de competencias en la Secretaría General Técnica de la Consellería del Mar, en las direcciones generales y jefaturas territoriales y en la Presidencia del Consejo de Administración del ente público Puertos de Galicia.

Segunda. La Ley 2/2006, de 14 de junio, del derecho civil de Galicia (DOG número 124, de 29 de junio), en sus artículos 209 y siguientes, regula los pactos sucesorios como negocios mortis causa y con la forma de pactos de apartación o pactos de mejora.

Tercera. Los expedientes siguieron todos los trámites establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE número 236, de 2 de octubre), con las especialidades previstas en el Decreto 406/1996, de 7 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia (DOG número 228, de 21 de noviembre), en la Orden de 15 de junio de 1999 por la que se regula el procedimiento para la transmisión de la titularidad de las concesiones de las bateas de cultivos marinos en las aguas de Galicia (DOG número 126, de 2 de julio).

Por todo lo anterior, resuelvo:

Autorizar la transmisión mortis causa por pacto de mejora, a favor de Isabel Tourís Resúa (***7889**) y José Tourís Resúa (***7890**), de las concesiones administrativas y de las bateas que se indican a continuación:

Identificación:

Tipo: batea.

Nombre: Med I.

Situación:

Cuadrícula nº: 71.

Polígono: E.

Distrito: Caramiñal (A Coruña).

Especie autorizada: mejillón (Mytilus galloprovincialis).

Título habilitante: concesión de actividad.

Orden de otorgamiento: 31.3.1965.

Fin de la vigencia: 15.12.2029.

Actuales titulares: Cándido Tourís Casal (***9328**) y Josefa Resúa Campaña (***8824**).

Nuevos titulares: Cándido Tourís Casal (***9328**), Josefa Resúa Campaña (***8824**), Isabel Tourís Resúa (***7889**) y José Tourís Resúa (***7890**).

Identificación:

Tipo: batea.

Nombre: Tourís I.

Situación:

Cuadrícula nº: 69.

Polígono: E.

Distrito: Caramiñal (A Coruña).

Especie autorizada: mejillón (Mytilus galloprovincialis).

Título habilitante: concesión de actividad.

Orden de otorgamiento: 12.6.1974.

Fin de la vigencia: 15.12.2029.

Actuales titulares: Cándido Tourís Casal (***9328**) y Josefa Resúa Campaña (***8824**).

Nuevos titulares: Cándido Tourís Casal (***9328**), Josefa Resúa Campaña (***8824**), Isabel Tourís Resúa (***7889**) y José Tourís Resúa (***7890**).

Los nuevos titulares de las concesiones quedan subrogados en los derechos y obligaciones de los anteriores.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un (1) mes ante la conselleira del Mar, o recurso contencioso-administrativo ante la jurisdicción contencioso-administrativa que se interpondrá en el plazo de dos (2) meses, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y del artículo 46.1 de la Ley 28/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

A Coruña, 5 de octubre de 2020

La conselleira del Mar
P.D. (Orden de 8.9.2017)
María José Cancelo Baquero
Jefa territorial de A Coruña