Visto el expediente para otorgamiento de la autorización administrativa previa y de la autorización administrativa de construcción de las instalaciones eléctricas que a continuación se describen, tal y como se recogen en el proyecto firmado por el ingeniero técnico industrial Pedro Tizón Barro, colegiado número 3270 del Coeticor, en Ourense, el día 15.11.2019, con visado número 3781/19-CO, de 28.11.2019, del señalado colegio profesional.
Solicitante: UFD Distribución Electricidad, S.A.; CIF A63222533.
Dirección: A Batundeira, nº 2, Velle, 32960 Ourense.
Denominación: LMTA de UFD a punto fronteira O Val de Eléctrica de Castro Caldelas (REG801).
Situación: Castro Caldelas-Ourense-.
Presupuesto: 9.302,06 €.
Características técnicas: modificación de la LMT aérea REG801 Trives-C.H. Castro Caldelas 1, con 2 nuevos apoyos metálicos de celosía y conductor tipo LA-56, en 514 m de longitud sin modificado de traza, con origen en el apoyo existente BXMM84J2//68-58 en la LMT REG801-C.H. y final en el apoyo existente BXB9C8N3//68-61.
Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y los reglamentarios previstos en el capítulo II, título VII, del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y en la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales, esta jefatura territorial resuelve:
Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción a dichas instalaciones, cuyas características se ajustarán en todas sus partes al proyecto arriba señalado y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación y en los condicionados establecidos por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en el expediente.
Esta autorización se otorga sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten de aplicación y en especial las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.
El plazo de puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de seis meses, contados a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución.
Contra la presente resolución se podrá interponer recurso de alzada ante el vicepresidente segundo y conselleiro de Economía, Empresa e Innovación en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución; también se podrá interponer cualquier otro recurso que se considere pertinente.
Ourense, 28 de septiembre de 2020
Santiago Álvarez González
Jefe territorial de Ourense