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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 209 Viernes, 16 de octubre de 2020 Pág. 40160

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (RSU 5546/2019-RCUD 255/2020-S).

Tipo y número de recurso: RSU recurso de suplicación 5546/2019

Juzgado de origen/autos: SSS Seguridad Social 802/2018 Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña

Yo, Asunción Barrio Calle, letrada de la Administración de justicia de la Sección Primera de la Sala Segunda de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento de recurso de suplicación 5546/2019-RCUD 255/20-S de esta sala, seguido a instancia de la Mutual Midat Cyclops, contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social y otros, sobre accidente, se han dictado sentencia y diligencia de ordenación cuya parte dispositiva es la siguiente:

«Fallamos:

Que con estimación del recurso que ha sido interpuesto por la Mutua Mutual Midat Cyclops, revocamos la sentencia que de fecha 14 de febrero de 2019 ha sido dictada en autos tramitados por el Juzgado de lo Social número 5 de los de A Coruña y desestimamos la demanda presentada por Herminio José del Valle Moreno, absolviendo a la parte demandada de todos los pedimentos.

Modo de impugnación: se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para unificación de doctrina que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta sala dentro del improrrogable plazo de diez días hábiles inmediatos siguientes al de la fecha de notificación de la sentencia. Si el recurrente no tuviera la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá efectuar:

– El depósito de 600 € en la cuenta de 16 dígitos de esta sala, abierta en el Banco de Santander (Banesto), con el número 1552 0000 35, seguida de cuatro dígitos correspondientes al número del recurso y dos dígitos del año del mismo.

– Asimismo, si hay cantidad de condena deberá consignarla en la misma cuenta, pero con el código 80 en vez del 35, o bien presentar aval bancario solidario en forma.

– Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria desde una cuenta abierta en cualquier entidad bancaria distinta, habrá que emitirla a la cuenta de veinte dígitos 0049 3569 92 0005001274 y hacer constar en el campo “Observaciones o Concepto de la transferencia” los 16 dígitos que corresponden al procedimiento (1552 0000 80 o 35 **** ++).

Una vez firme, expídase certificación para constancia en el rollo que se archivará en este tribunal incorporándose el original al correspondiente libro de sentencias, previa devolución de los autos al juzgado de lo social de procedencia.

Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos».

«Diligencia de ordenación letrada de la Administración de justicia María Asunción Barrio Calle.

A Coruña, 23 de septiembre de 2020.

El anterior escrito suscrito por el letrado Eloy González González, en representación de Herminio José del Valle Moreno, se une al recurso de su razón.

Se tiene por interpuesto el recurso de casación para unificación de doctrina. Fórmese pieza separada que se encabezará con testimonio de la sentencia dictada por esta sala y emplácese a las demás partes para que se personen por escrito de letrado, ante la Sala de lo Social del Tribunal Supremo dentro del plazo de diez días.

Verificado, remítanse las actuaciones a dicho tribunal.

La parte recurrente se entiende personada de derecho con la remisión de las actuaciones.

Comuníquese al Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña que la resolución de esta sala ha sido recurrida en casación para unificación de doctrina.

Vista la nota de referencia de la gestora, notifíquese a la demandada Manuela Gorín Suárez, tanto la sentencia recaída así como la presente diligencia de ordenación, a través del Diario Oficial de Galicia.

Notifíquese a las partes haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

La letrada de la Administración de justicia».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Manuela Gorín Suárez, en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 23 de septiembre de 2020

La letrada de la Administración de justicia