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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 198 Miércoles, 30 de septiembre de 2020 Pág. 37964

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Infraestructuras y Movilidad

ANUNCIO de 16 de septiembre de 2020, de la Subdirección General de Inspección del Transporte, por el que se notifican las resoluciones dictadas en el expediente sancionador en materia de transportes terrestres LU-00703-O-2019 y siete más.

El director general de Movilidad dictó la resolución del expediente sancionador LU-00703-O-2019 y siete más por infracción de la normativa sobre transporte terrestre.

Intentada la notificación de la resolución por correo certificado con acuse de recibo en el domicilio que consta en el correspondiente expediente sancionador, esta fue devuelta por el servicio de Correos. Por este motivo, y de conformidad con el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la notificación se efectúa por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que previamente se publica en el Diario Oficial de Galicia. En consecuencia, mediante este anuncio se notifican las resoluciones dictadas a las personas interesadas.

Son informadas de que los expedientes sancionadores se encuentran a su disposición en las oficinas de la Subdirección General de Inspección del Transporte, situadas en la plaza de Europa, 5A, 2º, en Santiago de Compostela.

Se les comunica que contra la resolución sancionadora, que no es definitiva en la vía administrativa, cabe recurso de alzada, ante la persona titular de la Consellería de Infraestructuras y Movilidad, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOE.

En caso de conformidad con la resolución sancionadora, la persona interesada deberá abonar la multa impuesta empleando el modelo impreso que se facilitará en la Subdirección General de Inspección del Transporte.

En caso de no presentar recurso de alzada y no pagar la sanción impuesta, se procederá a su cobro por la vía de apremio según lo previsto en la normativa vigente.

Santiago de Compostela, 16 de septiembre de 2020

Marta Vázquez Sanjurjo
Subdirectora general de Inspección del Transporte

ANEXO

Expediente

Matrícula

DNI/CIF de la

persona sancionada

Infracción cometida

Fecha-hora-carretera-p.k.

Precepto

calificador

Precepto

sancionador

Sanción

impuesta

LU-00703-O-2019

LU-0941-W

33543800W

Exceso de peso igual o superior al 25 %.

1.4.2019; 18.45; LU-541; 543,8

Art. 140.23 LOTT Art. 197.26 ROTT

Art. 143.1.c) LOTT Art. 201.h) ROTT Art. 143.1 LOTT

2.001 euros

LU-00704-O-2019

LU-0941-W

33543800W

La desatención total o parcial de las instrucciones o requerimientos de los miembros de la inspección del transporte terrestre o de las fuerzas encargadas de la vigilancia del transporte en la carretera.

1.4.2019; 16.25; LU-541; 0,0

Art. 140.12 LOTT Art. 197.13 ROTT

Art. 143.1 LOTT Art. 201.i) ROTT

4.001 euros

PO-01070-I-2019

8094-FHG

36138292W

La desatención total o parcial de las instrucciones o requerimientos de los miembros de la inspección del transporte terrestre o de las fuerzas encargadas de la vigilancia del transporte en la carretera.

22.4.2019

Art. 140.12 LOTT Art. 197.13 ROTT

Art. 143.1 LOTT Art. 201.i) ROTT

4.001 euros

PO-01497-I-2019

0061-BRD

13051358P

La desatención total o parcial de las instrucciones o requerimientos de los miembros de la inspección del transporte terrestre o de las fuerzas encargadas de la vigilancia del transporte en la carretera.

31.5.2019

Art. 140.12 LOTT Art. 197.13 ROTT

Art. 143.1 LOTT Art. 201.i) ROTT

4.001 euros

PO-03325-O-2019

PO-5094-BS

76984064M

Exceso de peso igual o superior al 25 %.

2.4.2019; 12.00; AP9; 149,0

Art. 140.23 LOTT Art. 197.26 ROTT

Art. 143.1.c) LOTT Art. 201.h) ROTT

Art. 143.1 LOTT

2.001 euros

PO-03824-O-2019

8645-GCY

76986310C

Carecer del tacógrafo o de alguno de sus elementos.

3.5.2019; 19.56; PO-510; 0,8

Art. 140.20 LOTT Art. 197.21 ROTT

Art. 201.h) ROTT Art. 143.1 LOTT

2.001 euros

PO-03835-O-2019

PO-9970-AY

34274556W

Exceso de peso igual o superior al 25 %.

27.4.2019; 14.25; A-55; 15,0

Art. 140.23 LOTT Art. 197.26 ROTT

Art. 143.1.c) LOTT Art. 201.h) ROTT Art. 143.1 LOTT

2.001 euros

XC-01755-O-2019

3512-KKD

32648666M

La realización de servicios de taxi o de arrendamiento de vehículos con conductor careciendo de los preceptivos títulos habilitantes o con los mismos suspendidos, anulados, caducados, revocados, sin haber realizado el visado obligatorio o por cualquier otra causa o circunstancia por la que las referidas habilitaciones expedidas para ejercer la actividad ya no sean válidas. En el supuesto de que la infracción consista en la falta de visado obligatorio y este se hubiese realizado con anterioridad a la fecha de resolución del procedimiento sancionador, la infracción tendrá la calificación de leve.

27.4.2019; 15.19; FE-12; 1,0

Art. 60 Ley 4/2013

Art. 63 Ley 4/2013

2.001 euros