De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se publica la Resolución de 3 de enero de 2017, de baja de los establecimientos indicados en el anexo, ya que, intentada la notificación, no se pudo efectuar por los medios habituales.
Esta resolución agota la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso potestativo de reposición, ante la Agencia Turismo de Galicia, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su notificación, o bien directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santiago de Compostela, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Pontevedra, 16 de septiembre de 2020
Felipe Ferrero González
Jefe del Área Provincial de Turismo de Pontevedra
ANEXO
Establecimiento: Mini Bar.
Signatura: V-PO-003452.
Razón social: Manuel Castro Quintela.
Domicilio: avenida García Barbón, 116, local 2.
Ayuntamiento: Vigo.
Establecimiento: La Leyenda.
Signatura: V-PO-005873.
Razón social: Eva María Mangas Larrañaga.
Domicilio: calle Venezuela, 84.
Ayuntamiento: Vigo.
Establecimiento: Simplicio.
Signatura: V-PO-007422.
Razón social: Vanesa Fernández Iglesias.
Domicilio: calle Orotava, 6, bloque 2-3º F.
Ayuntamiento: Ponteareas.