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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 186 Lunes, 14 de septiembre de 2020 Pág. 36015

VI. Anuncios

b) Administración local

Ayuntamiento de Vigo

ANUNCIO de 20 de agosto de 2020, de la Gerencia Municipal de Urbanismo, de modificación del uso dotacional de la parcela AOD A-3-10 Esturáns.

El Pleno del Ayuntamiento de Vigo, en sesión ordinaria del día 29 de julio de 2020, adoptó el siguiente acuerdo:

«Primero. Aprobar, al amparo de lo dispuesto en el artículo 42.5 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, y en similares términos que lo previsto en el artículo 65.7 de su reglamento de desarrollo (Real decreto 143/2016, de 22 de septiembre), y con base a la fundamentación jurídica expuesta, la modificación del uso dotacional de la parcela municipal situada en la AOD A-3-10 Esturáns, M2, parcela 3, de 1.511 m2, para destinarla a otro uso dotacional, de dotacional asistencial a dotacional de servicio público-Categoría 15ª. Centros destinados a la prestación de servicios públicos, subcategoría 3-Seguridad ciudadana: instalaciones destinadas a salvaguardar a las personas y a los bienes en todos sus aspectos: parques de bomberos, emplazada en el ámbito de aplicación del Instrumento de ordenación provisional del Ayuntamiento de Vigo, elaborado por los servicios técnicos de la Gerencia Municipal de Urbanismo, con fecha de firma de 26.4.2019, y aprobado definitivamente por el Pleno del Ayuntamiento de Vigo, en la sesión extraordinaria que tuvo lugar el 24.7.2019, y publicado en el DOG núm. 160 de 26.8.2019 y su normativa en el BOP núm. 181 de 20.9.2019, e inscrito en el Registro de Planeamiento Urbanístico de Galicia por Resolución de 11.9.2019.

Segundo. Publicar el presente acuerdo en el BOP y en el DOG, y notificarlo para su conocimiento a la Consellería de Política Social y a la Vicepresidencia de la Xunta de Galicia.

Tercero. Remitir el presente acuerdo, junto con una copia autenticada del expediente electrónico, debidamente foliado, autenticado y diligenciado (artículo 26 de la LPACAP en relación con el artículo 70 de dicho cuerpo legal) a la Dirección General de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda de la Xunta de Galicia, para su conocimiento, y a los efectos de su inscripción en el Registro de Planeamiento Urbanístico de Galicia de acuerdo con lo previsto en el artículo 88 de la LSG y de acuerdo con lo previsto en el artículo 209.2.b) del RLSG. En el anuncio de aprobación, referido en el apartado dispositivo segundo del presente acuerdo, se hará constar dicha remisión.

Cuarto. Notificar el presente acuerdo al departamento municipal de Extinción de Incendios y Salvamento para o su conocimiento, así como a los correspondientes departamentos municipales, con competencias en la materia que resulten afectados».

Vigo, 20 de agosto 2020

El alcalde
P.D. (Resolución de 11.7.2019)
María José Caride Estévez
Vicepresidenta de la Gerencia Municipal de Urbanismo