Visto el expediente para otorgamiento de la autorización administrativa previa y de la autorización administrativa de construcción de las instalaciones eléctricas que a continuación se describen, tal y como se recogen en el proyecto firmado por el ingeniero técnico industrial Antonio J. Sabín Vázquez, colegiado nº 2233 del Coeticor, en Ourense, el día 22.5.2018, y firmado electrónicamente el 25.5.2020.
Solicitante: UFD Distribución Electricidad, S.A.; CIF: A63222533.
Domicilio social: A Batundeira, nº 2, Velle, 32960 Ourense.
Denominación: ampliación de potencia CT Cristosende (expediente 1277-AT).
Situación: ayuntamiento de A Teixeira (Ourense).
Presupuesto: 9.896,38 €.
Características técnicas: ampliación de potencia del CT aéreo-intemperie existente en Cristosende (32AE48), coordenadas UTM: X:624456, Y:4693586, que pasa de 100 a 160 kVA y R/T: 20.000/400 V. Reforma de la actual red de baja tensión; con la instalación de nueva RBT aerosubterránea (65 m+8 m), en conductores tipo RZ 3x150 Al y XZ1 1x50 Al respectivamente, hasta la CPM de nuevo abonado.
Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y los reglamentarios previstos en el capítulo II, título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y en la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales, esta jefatura territorial resuelve:
Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción a las dichas instalaciones, cuyas características se ajustarán en todas sus partes al proyecto arriba señalado y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación y en los condicionados establecidos por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en el expediente.
Esta autorización se otorga sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten de aplicación y en especial las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.
El plazo de puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de seis (6) meses, contados a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución.
Contra la presente resolución se podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía, Empleo e Industria en el plazo de un (1) mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución; también se podrá interponer cualquier otro recurso que se considere pertinente.
Ourense, 24 de agosto de 2020
Santiago Álvarez González
Jefe territorial de Ourense