No siendo posible la práctica de la comunicación a la que se refiere el apartado 2 del artículo 22 de la Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia, a los titulares de las parcelas que se relacionan a continuación, por causas no imputables a esta administración, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se hace pública la comunicación de gestión de la biomasa.
Expediente |
Titular |
Referencia catastral |
Localización |
334/2020 |
Samuel García Otero |
001101300NH94B0001HO |
Cumbraos |
334/2020 |
José Núñez Cabana |
27032A07200394000PM |
Cumbraos |
De conformidad con lo establecido en el artículo 22 de la Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia, los titulares de las parcelas detalladas disponen de un plazo máximo de quince (15) días naturales para proceder a la gestión de la biomasa y retirada de especies arbóreas prohibidas.
Monterroso, 12 de agosto de 2020
Rocío Seijas Vázquez
Alcaldesa