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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 172 Miércoles, 26 de agosto de 2020 Pág. 33928

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Escuela Gallega de Administración Pública

ANUNCIO de 7 de agosto de 2020 por el que se hace pública la resolución de la concesión de una beca de formación en estudios relacionados con el derecho administrativo.

Mediante la Resolución de 23 de diciembre de 2019 (DOG núm. 29, de 12 de febrero de 2020) se convocó una beca de formación en estudios relacionados con el derecho administrativo.

En cumplimiento de lo establecido en la base decimosegunda de dicha Resolución de 23 de diciembre de 2019, la comisión de evaluación examinó y valoró los méritos y realizó la entrevista a las personas candidatas.

De acuerdo con lo expuesto y con el deber de publicidad recogido en la base decimotercera de la Resolución de 23 de diciembre de 2019, se hace pública la Resolución de la directora de la EGAP de 6 de agosto de 2020 por la que se concede una beca de formación en estudios relacionados con el derecho administrativo que literalmente dice:

«En vista de todo lo que antecede y de la propuesta del secretario general de la EGAP

RESUELVO:

1. Adjudicar la beca de referencia a Verónica Piñeiro Soliño NIF **4885**J por ser la candidata a la que le corresponde por orden de puntuación. Las actividades de formación se iniciarán desde la fecha de su incorporación en la EGAP y finalizarán el 31 de diciembre de 2020.

2. Recordarle a la beneficiaria que, de acuerdo con lo dispuesto por la base decimocuarta de la convocatoria, una vez recibida la notificación de esta resolución de concesión de la beca, dispondrá de un plazo de diez (10) días para comunicar a la EGAP su aceptación o renuncia a la beca. Transcurrido este plazo sin que se produjera manifestación expresa por su parte, se entenderá tácitamente aceptada, según lo establecido en el artículo 21.5 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

3. Recordarle a la beneficiaria que, de acuerdo con lo dispuesto por la base decimocuarta de la convocatoria, en el plazo de cinco días contados desde la aceptación expresa de la beca o del transcurso del plazo para entenderla tácitamente aceptada, deberá incorporarse al desempeño de la beca en la EGAP. En caso de que la beneficiaria no se incorporara en este plazo, o que renunciara expresamente, perderá los derechos inherentes a la beca.

Esta resolución pone fin a la vía administrativa y contra ella podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la directora de la EGAP en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación o publicación en los términos de los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Al mismo tiempo, cabe la interposición directa de un recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo contencioso-administrativo que resulten competentes, en el plazo de dos meses contado desde el día siguiente al de la antedicha notificación o publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 8.2.a) y 14 y 46.1, respectivamente, de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa».

Santiago de Compostela, 7 de agosto de 2020

La directora de la Escuela Gallega de Administración Pública
P.D. (Resolución de 17.12.2007; DOG núm. 3, de 2.1.2008)
Sergio Domingo Baamonde Boquete
Secretario general de la Escuela Gallega de Administración Pública