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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 172 Miércoles, 26 de agosto de 2020 Pág. 33905

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Empleo e Industria

RESOLUCIÓN de 14 de julio de 2020, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de Santa Comba (expediente-e IN407A 2020/63-1).

Expediente-e: IN407A 2020/63-1.

Promotora: Industrial Barcalesa, S.L.

Denominación de la instalación: reforma da LMTA Babión-Catroventos (tramo Choupana-Gandarela), en el lugar de San Martiño-Fontecada.

Ayuntamiento: Santa Comba.

Hechos:

1. El 23 de marzo de 2020, la empresa promotora solicitó la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción del proyecto de ejecución de la instalación de distribución eléctrica indicada.

2. El proyecto no se sometió al trámite de información pública, de acuerdo con el artículo 38 de la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia (DOG núm. 203, de 25 de octubre).

3. Se solicitó el preceptivo informe a las distintas administraciones, organismos o, en su caso, empresas de servicio público o de servicios de interés general afectadas, es decir, Servicio Provincial de la AXI-Jefatura Territorial de la Consellería de Infraestructuras y Movilidad de A Coruña y Ayuntamiento de Santa Comba. La empresa promotora manifestó su conformidad con el condicionado establecido por AXI. A día de hoy, no consta en el expediente contestación del organismo afectado, esto es, el Ayuntamiento, a la solicitud ni a la reiteración del condicionado solicitado.

4. Los servicios técnicos de la jefatura territorial emitieron informe favorable sobre dicha solicitud.

Consideraciones legales y técnicas:

1. La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

2. El Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

3. El Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.

4. El Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

5. El Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.

6. La Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia (DOG núm. 203, de 25 de octubre).

7. Las características técnicas de la instalación son las siguientes:

– Sustitución de 1.431,17 m de conductor 3×LA-30 por 3×LA-56 en la LMTA existente llamada línea principal Babión-Catro Ventos (expedientes INA407A 1998/409-1 y IN407A 2018/122-1) desde el apoyo número A2-20 al número 30-31. Sustitución de 7 apoyos (números 20-21, 21-22, 22-23, 23-24, 24-25, 27-28 y 30-31) en el tramo de línea que soporten los nuevos esfuerzos en las ubicaciones existentes. Retirada del elemento de maniobra XS del apoyo número 27-28.

– Sustitución de 893,87 m de conductor 3×LA-30 por 3×LA-56 en la LMTA existente denominada línea principal Babión-Catro Ventos (expediente INA407A 1998/409-1) desde el apoyo número G2-32 al número 39-40. Sustitución de 2 apoyos (números 39-40 y G2-32) en el tramo de línea que soporten los nuevos esfuerzos en las ubicaciones existentes.

– Retirada de 256,5 m de conductor 3×LA-30 en la LMTA existente denominada derivación a Busto (Ordoeste) (expediente 51813) desde el apoyo número A2-20 al número 19-1. Se desmantelará el apoyo número 20-19 HV-1000/R13.

– Instalación de 46,86 m de conductor 3×LA-56 en la LMTA existente denominada derivación a Busto (Ordoeste) (expediente 51813) desde el apoyo (que se retira) número 20-19 al número 19-1. Se instalará en una nueva ubicación un nuevo apoyo C-3000/14 con número 20-19 (se mantiene la denominación del apoyo que se retira) donde se hará un paso aerosubterráneo (PAS).

– Zanja de 269,69 m de LMTS en conductor RHZ1-2OL 3×(1×240) mm2 Al, desde la celda de salida motorizada existente del centro de transformación y seccionamiento (CST) Gandarela de 100 kVA (expediente IN407A 2018/122-1) y final en el apoyo proyectado número 20-19, donde se hará un PAS de la LMTS proyectada. Se instalarán 188,42 m por la zanja ya existente (expediente IN407A 2008/122-1) desde el CST hasta la arqueta existente número 18-A1. El tramo restante de la LMTS de 62,68 m se instalará en la zanja proyectada núm. 2 desde la arqueta existente número 19-A1 hasta el nuevo apoyo proyectado número 20-19, pasando por la arqueta número A1-A2.

El presupuesto de la instalación, según el proyecto, es de 53.410,54 €.

8. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de esta jefatura territorial.

De acuerdo con todo lo indicado,

RESUELVO:

1. Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción a la instalación de distribución eléctrica indicada.

2. La instalación se ejecutará en el plazo de un año, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Galicia.

3. Para la puesta en funcionamiento de la instalación autorizada, deberá presentar ante esta jefatura territorial una solicitud que se acompañará de la siguiente documentación:

– Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipo, y las certificaciones u homologaciones, si procede.

– Un certificado del/de la director/a del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y prescripciones complementarias, si las hubiere, así como de las de las reglamentaciones y normas oportunas en el montaje de la instalación y puesta a punto.

4. Esta aprobación se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el conselleiro de Economía, Empleo e Industria, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que se considere pertinente.

Mediante este documento se notifica a la empresa promotora esta resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

A Coruña, 14 de julio de 2020

Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña