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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 170 Lunes, 24 de agosto de 2020 Pág. 33521

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela

EDICTO (ETJ 200/2019).

Yo, Marina Pilar García de Evan, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales 200/2019 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Maximino Liñares Illodo contra Hipescar, S.L., Fidel Derivados Cárnicos, S.L., Campiñas de Laiño, S.A., Refojo y González, S.L. y Fogasa sobre despido, se ha dictado resolución cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

«Auto.

Santiago de Compostela, 23 de julio de 2020.

Parte dispositiva.

Declaro extinguida a fecha de la presente resolución la relación laboral que unía a Maximino Liñares Illodo con Campiñas de Laíño S.A., Refojo y González, S.L., Hipescar, S.L. y Fidel Derivados Cárnicos, S.L., y condeno a Campiñas de Laíño, S.A., Refojo y González, S.L., Hipescar, S.L. y Fidel Derivados Cárnicos, S.L., a abonarle a Maximino Liñares Illodo la suma de 17.189,28 euros en concepto de indemnización por la extinción de la relación laboral a fecha de la presente resolución y la suma de 39.964,80 euros en concepto de salarios de tramitación.

Notifíquese a las partes y al Fogasa la presente resolución haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de reposición en el plazo de tres (3) días contados desde el siguiente al de su notificación.

Así lo acuerda, manda y firma, Paula Méndez Domínguez, magistrada titular del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela.

La magistrada

La letrada de la Administración de justicia».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Fidel Derivados Cárnicos, S.L., en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 27 de julio de 2020

La letrada de la Administración de justicia