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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 155 Martes, 4 de agosto de 2020 Pág. 31138

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 21 de julio de 2020 por la que se notifica el acuerdo de ejecución subsidiaria de orden de demolición (expediente IU1/44/2011).

El director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística dictó, el 5 de febrero de 2020, resolución por la que se dispone la ejecución subsidiaria por la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística de lo ordenado en la Resolución de 3 de agosto de 2012, del subdirector de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, mediante la demolición de 3 edificaciones anexas a la vivienda (construcción 3, 4 y 5), en la calle Garduña, 22, Broño (parroquia de Maianca), en el término municipal de Oleiros, provincia de A Coruña.

Al no poder realizar la notificación personal de la resolución a Amalia Parra Santamarina, mediante esta cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se notifica a los interesados dicha resolución por medio de un anuncio en el Boletín Oficial del Estado y su fecha de publicación es la que determina la eficacia del acto notificado.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, el acto no se publica íntegramente, se comunica a los interesados que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, situada en el Edificio Witland, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de diez (10) días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula. Transcurrido dicho plazo la notificación se entenderá producida.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, los interesados pueden interponer recurso de reposición en el plazo de un (1) mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que produzca la notificación, ante el director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, o bien, si no ejercen su derecho a presentar recurso potestativo de reposición, pueden interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos (2) meses, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción se sitúe el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla tercera de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para que conste, y sirva de notificación a los citados interesados en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 21 de julio de 2020

José Antonio Cerdeira Pérez
Director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística