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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 152 Jueves, 30 de julio de 2020 Pág. 30061

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña

EDICTO (DSP 790/2016).

Yo, Paloma Recalde Álvarez, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, hace saber que en el procedimiento de despido/ceses en general 790/2016 de este juzgado de lo social, seguido sobre despido, se ha dictado la sentencia cuya parte dispositiva se adjunta:

«Fallo

Que, desestimando la demanda interpuesta por Rubén Corral Geremías contra los ayuntamientos de A Coruña y Culleredo, José Manuel Varela Castro, María Teresa Torre Iglesias, Eloy García Osinde, Carlos González Cortes, María Teresa Cortes González y las empresas Artec Arquitectos, S.C., Artec Arquitectos Obras y Proyectos, S.L., Mixturas Obras e Proxectos, S.A., Extraco Construccións e Proxectos, S.A., Consvato Obras, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial, debo absolver y absuelvo a las partes demandadas de todos los pedimentos de la misma. Todo ello con intervención del Ministerio Fiscal.

Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que la misma no es firme, y frente a ella cabe formular recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia, que deberá ser anunciado por comparecencia, o mediante escrito presentado en la oficina judicial dentro de los cinco (5) días siguientes a la notificación de esta sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación.

Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta abierta en el Banco Santander a nombre de esta oficina judicial.

En todo caso, el recurrente deberá designar letrado o graduado social para la tramitación del recurso, al momento de anunciarlo.

Así, por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Carlos González Cortes y a María Teresa Cortes González, en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 7 de julio de 2020

La letrada de la Administración de justicia