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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 151 Miércoles, 29 de julio de 2020 Pág. 29852

III. Otras disposiciones

Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional

ORDEN de 20 de julio de 2020, conjunta de la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional y de la Consellería de Economía, Empleo e Industria, por la que se modifica la Orden de 20 de diciembre de 2019 por la que se establecen las bases para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas de apoyo a la etapa predoctoral en las universidades del Sistema universitario de Galicia, en los organismos públicos de investigación de Galicia y en otras entidades del Sistema gallego de I+D+i, cofinanciadas parcialmente en el ámbito de las universidades del Sistema universitario de Galicia por el Programa operativo FSE Galicia 2014-2020, y se procede a su convocatoria para el ejercicio 2020, a consecuencia de la situación creada por la evolución de la pandemia del COVID-19 (códigos de procedimiento ED481A e IN606A).

Con fecha de 6 de febrero de 2020 se publicó en el DOG la Orden de 20 de diciembre de 2019, conjunta de la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional y de la Consellería de Economía, Empleo e Industria, por la que se establecen las bases para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas de apoyo a la etapa predoctoral en las universidades del SUG, en los organismos públicos de investigación de Galicia y en otras entidades del Sistema gallego de I+D+i, cofinanciadas parcialmente en el ámbito de las universidades del SUG por el Programa operativo FSE Galicia 2014-2020, y se procede a su convocatoria para el ejercicio 2020 (códigos de procedimiento ED481A e IN606A).

A consecuencia de la situación creada por la evolución de la epidemia del coronavirus COVID-19, y ante la declaración de la Organización Mundial de la Salud (OMS) como pandemia, las consellerías de Educación, Universidad y Formación Profesional y de Economía, Empleo e Industria, al objeto de garantizar los derechos de todas las entidades participantes, suspendieron la tramitación de estos procedimientos por la Orden de 13 de marzo de 2020 (DOG núm. 55, de 20 de marzo).

Por la Resolución de 12 de mayo de 2020, conjunta de la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional y de la Consellería de Economía, Empleo e Industria (DOG núm. 95, de 18 de mayo), se acordó la continuación de la tramitación de los procedimientos de las convocatorias abiertas conjuntas.

Este período de suspensión de los procedimientos obliga a un aplazamiento en la resolución y en el comienzo de los contratos sobre lo establecido en la Orden de 20 de diciembre de 2019, por lo que hace falta modificar la convocatoria para adaptarla a la situación actual.

Atendiendo a estas consideraciones generales, la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional y la Consellería de Economía, Empleo e Industria, en el uso de las atribuciones que tenemos conferidas

ACORDAMOS:

Artículo único. Modificación de la Orden de 20 de diciembre de 2019, conjunta de la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional y de la Consellería de Economía, Empleo e Industria, por la que se establecen las bases para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas de apoyo a la etapa predoctoral en las universidades del SUG, en los organismos públicos de investigación de Galicia y en otras entidades del Sistema gallego de I+D+i, cofinanciadas parcialmente en el ámbito de las universidades del SUG por el Programa operativo FSE Galicia 2014-2020, y se procede a su convocatoria para el ejercicio 2020 (códigos de procedimiento ED481A e IN606A)

1. Se modifica el primer párrafo del apartado 1 del artículo 4, que queda redactado de la siguiente manera:

«1. La duración de las ayudas será de un máximo de tres años, que se desarrollarán a partir del 1 de septiembre de 2020».

2. Se modifica el primer párrafo del apartado 6 del artículo 6, que queda redactado como sigue:

«6. En el caso de haber solicitado la ayuda para estancia, antes del 1 de diciembre de 2020 o en el plazo de un mes desde la fecha de comienzo de los contratos en el caso de las personas que acceden a través de la lista de espera, la entidad beneficiaria deberá remitirle a la Secretaría General de Universidades o a la Gain, según corresponda, la siguiente documentación:»

3. Del artículo 14 se modifica el siguiente párrafo, que queda redactado de la siguiente manera:

«La fecha límite para la firma de los contratos, que se establecerá en la resolución de adjudicación de las ayudas, será, en todo caso, antes del 1 de octubre de 2020, excepto para las personas no comunitarias que podrá ser hasta el 31 de diciembre de 2020».

4. En el apartado 3 del artículo 15 se modifica el período de la primera justificación, y queda redactado de la siguiente manera:

«3. La documentación indicada se aportará de acuerdo con la siguiente periodización:

Período justificación

Documentación

Fecha límite presentación

1ª justificación: desde el comienzo del contrato a octubre de 2020, este incluido

La documentación indicada en los epígrafes a), c), e), f), g), h) del punto 2 de este artículo.

15 de diciembre

de 2020

Con esta justificación se librarán los fondos pertenecientes a los complementos por persona contratada, destinados a cada una de las entidades beneficiarias, correspondiente al primer año de contrato y a los contratos que efectivamente se hayan enviado con anterioridad a esta fecha.

5. Se modifica el primer párrafo del apartado 2 del artículo 19, que queda redactado como sigue:

«2. En ambas modalidades se podrá adjudicar una nueva ayuda de acuerdo con la prelación señalada en la lista de espera, siempre y cuando la renuncia se produzca antes del 31 de diciembre de 2020. Para cubrir estas renuncias se seguirá la prelación de las listas de espera definidas en el artículo 11.6, toda vez que solamente podrán ser cubiertas con las solicitudes de la lista de espera de la modalidad y del órgano instructor en los que se produzca la renuncia.»

6. Se modifica el cuadro del artículo 22, que queda de la siguiente manera:

Mod.

Entidad

beneficiaria

Nº ayudas

Aplicación presupuestaria (y código de proyecto)

Crédito (en euros)

2020

2021

2022

2023

Total

A

Universidades del SUG (FSE)

50

10.40.561B.444.0

(2015 00436)

167.995,67

1.007.974,00

1.007.974,00

839.978,33

3.023.922,00

A

Universidades del SUG (Fondo propio)

50

10.40.561B.444.0

(2016 00129)

90.337,67

592.026,00

292.026,00

201.688,33

1.176.078,00

Total modalidad A SUG

50

258.333,34

1.600.000,00

1.300.000,00

1.041.666,66

4.200.000,00

B

Universidades del SUG

40

10.40.561B.444.0

(2016 00129)

192.666,67

1.196.000,00

956.000,00

763.333,33

3.108.000,00

Total universidades del SUG

90

451.000,01

2.796.000,00

2.256.000,00

1.804.999,99

7.308.000,00

A

Demás entidades indicadas en el artículo 2.1

5

09.A3.561A.480.0

(2016 00004)

25.833,30

160.000,00

130.000,00

104.166,70

420.000,00

A

Demás entidades indicadas en el artículo 2.1

2

09.A3.561A.403.0

(2016 00004)

10.333,32

64.000,00

52.000,00

41.666,68

168.000,00

Total modalidad A Gain

7

36.166,62

224.000,00

182.000,00

145.833,38

588.000,00

B

Demás entidades indicadas en el artículo 2.1

2

09.A3.561A.480.0

(2016 00004)

9.633,32

59.800,00

47.800,00

38.166,68

155.400,00

B

Demás entidades indicadas en el artículo 2.1

1

09.A3.561A.403.0

(2016 00004)

4.816,66

29.900,00

23.900,00

19.083,34

77.700,00

Total modalidad B Gain

3

14.449,98

89.700,00

71.700,00

57.250,02

233.100,00

Total otras entidades

10

50.616,60

313.700,00

253.700,00

203.083,40

821.100,00

Total ayudas

100

 

501.616,61

3.109.700,00

2.509.700,00

2.008.083,39

8.129.100,00

Disposición final única. Entrada en vigor

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 20 de julio de 2020

Carmen Pomar Tojo

Francisco Conde López

Conselleira de Educación, Universidad

Conselleiro de Economía, Empleo e Industria

Formación Profesional

y presidente de la Agencia Gallega de Innovación