Visto el expediente para otorgamiento de autorización administrativa y autorización administrativa de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se describe:
Solicitante: Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo.
Domicilio social: Área Central, Fontiñas, 15707 Santiago de Compostela.
Denominación: LMTS y CMS-3 ETAP de la Plisan.
Situación: As Neves.
Características técnicas: LMT subterránea a 20 kV, con conductor RHZ1, de 2.588 metros de longitud, con origen y final en una arqueta existente en la rotonda R6, próxima al centro de transformación número 2, haciendo entrada y salida en el centro de maniobra y seccionamiento (CSM) proyectado 3 ETAP y en el CMS-4 EDAR. Centro de maniobra y seccionamiento 3, con celdas con envolvente metálica, con aislamiento y corte en SF6, situado en As Neves, en el recinto de la plataforma logística industrial Salvaterra, As Neves (Plisan).
Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y en el capítulo II del título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y en la Resolución de 19 de febrero de 2014, de la Consellería de Economía e Industria, por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción, DOG número 54, de 19 de marzo, esta jefatura territorial resuelve:
Conceder autorización administrativa y autorización administrativa de construcción para la referida instalación, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el proyecto de ejecución y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación, y en los condicionados establecidos por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en el expediente.
Esta autorización se otorga sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de las instalaciones autorizadas.
Contra la presente resolución podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía, Empleo e Industria en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución; también podrá interponer cualquier otro recurso que considere pertinente a su derecho.
Pontevedra, 8 de marzo de 2018
Ignacio Rial Santomé
Jefe territorial de Pontevedra