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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 149 Lunes, 27 de julio de 2020 Pág. 29629

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Empleo e Industria

RESOLUCIÓN de 7 de julio de 2020, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de Valdoviño (expediente-e IN407A 2020/62-1).

Expediente-e: IN407A 2020/62-1.

Promotora: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Denominación de la instalación: adecuación del CT Robles (15CS57), en el lugar de O Barreiro.

Ayuntamiento: Valdoviño.

Hechos:

1. El 20 de marzo de 2020, la empresa promotora solicitó la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción del proyecto de ejecución de la instalación de distribución eléctrica indicada.

2. El proyecto no se sometió al trámite de información pública, de acuerdo con el artículo 38 de la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia (DOG núm. 203, de 25 de octubre).

3. Se solicitó el preceptivo informe a las distintas administraciones, organismos o, en su caso, empresas de servicio público o de servicios de interés general afectadas, es decir, Servicio Provincial de la AXI-Jefatura Territorial de la Consellería de Infraestructuras y Movilidad de A Coruña; Ayuntamiento de Valdoviño y Telefónica de España, S.A. La empresa promotora manifestó su conformidad con los condicionados establecidos por la AXI, por el Ayuntamiento y Telefónica.

4. Los servicios técnicos de la jefatura territorial emitieron informe favorable sobre dicha solicitud.

Consideraciones legales y técnicas:

1. La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

2. El Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

3. El Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.

4. El Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

5. El Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.

6. La Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia (DOG núm. 203, de 25 de octubre).

7. Las características técnicas de la instalación son las siguientes:

– Tramo línea de media tensión aérea CRN708A entre los apoyos D108 y 109 (actuación número 1) a 15 kV con una longitud de 47 m, con origen en el apoyo número D108 existente del doble circuito que forman las líneas CRN708A y CDR804, conductor tipo LA-110 mm2 Al y final en el apoyo número 109 proyectado a intercalar en la LMT CRN708A.

– Tramo línea de media tensión aérea CRN708A entre los apoyos 109 y 110 (actuación número 2) a 15 kV con una longitud de 44 m, con origen en el apoyo número 109 proyectado a intercalar en la LMT CRN708A, conductor tipo LA-110 mm2 Al y final en el apoyo número 110 existente de la LMT CRN708A.

– Tramo línea de media tensión aérea CDR804 entre los apoyos D108 y D105 (actuación número 3) a 15 kV con una longitud de 47 m, con origen en el apoyo número D108 existente del doble circuito que forman las líneas CRN708A y CDR804, conductor tipo LA-110 mm2 Al y final en el apoyo D105 proyectado a intercalar en la LMT CDR804.

– Tramo línea de media tensión aérea DC.CDR804 entre los apoyos D105 y D104 (actuación número 4) a 15 kV con una longitud de 64 m, con origen en el apoyo número D105 proyectado a intercalar en la LMT CDR804, conductor tipo LA-110 mm2 Al y final en el apoyo número D104 existente de la LMT CDR804.

– Tramo línea de media tensión subterránea CRN708A al CT Robles (actuación número 1) a 15 kV con una longitud de 44 m, con origen en el paso de aéreo a subterráneo a realizar en el apoyo número 109 proyectado a intercalar en la LMT CRN708A, conductor tipo RHZ1-2OL 12/20 kV 1×240 mm2 Al y final en el paso de subterráneo a aéreo a realizar en el apoyo número 109 proyectado a intercalar en la LMT CRN708A, después de realizar entrada y salida en el CT Robles a reformar.

– Tramo línea de media tensión subterránea CDR804 al CT Robles (actuación número 2) a 15 kV con una longitud de 44 m, con origen en el paso de aéreo a subterráneo a realizar en el apoyo número D105 proyectado a intercalar en la LMT CDR804, conductor tipo RHZ1-2OL 12/20 kV 1×240 mm2 Al y final en el paso de subterráneo a aéreo a realizar en el apoyo número D105 proyectado a intercalar en la LMT CDR804, después de realizar entrada y salida en el CT Robles a reformar.

– Desmantelamiento de líneas y apoyo existente.

– Adecuación del CT Robles (expediente: IN407A 2016/2602-1), proyectándose la sustitución de toda la paramenta existente por dos bloques de celdas de media tensión telecontroladas, una para la línea CRN708A que alimenta al centro, formado por un conjunto de celdas 2L+1P y otro para la línea CDR804, que actualmente no entra en el centro, formada por dos celdas de línea. Todas las celdas serán compactas con corte en SF6 y las de línea telecontroladas.

El presupuesto de la instalación, según el proyecto, es de 67.465,46 €.

8. Aunque la obra se encuentre ejecutada, según contestación de la promotora al requerimiento de esta jefatura territorial al no tratarse de una actuación de emergencia puesto que no se refleja ni en el proyecto ni en la solicitud, se hace constar un informe favorable de los servicios técnicos de esta jefatura territorial.

De acuerdo con todo lo indicado,

RESUELVO:

1. Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción a la instalación de distribución eléctrica indicada.

2. La instalación se ejecutará en el plazo de un año, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Galicia.

3. Para la puesta en funcionamiento de la instalación autorizada, deberá presentar ante esta jefatura territorial una solicitud que se acompañará de la siguiente documentación:

• Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipo, y las certificaciones u homologaciones, si procede.

• Un certificado del/de la director/a del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y prescripciones complementarias, si las hubiere, así como de las reglamentaciones y normas oportunas en el montaje de la instalación y puesta a punto.

4. Esta aprobación se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el conselleiro de Economía, Empleo e Industria, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que se considere pertinente.

Mediante este documento se le notifica a la empresa promotora esta resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

A Coruña, 7 de julio de 2020

Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña