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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 148 Viernes, 24 de julio de 2020 Pág. 29285

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

RESOLUCIÓN de 21 de julio de 2020, de la Secretaría General de la Igualdad, por la que se redistribuyen las dotaciones presupuestarias de la Resolución de 19 de diciembre de 2019 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Galicia para la promoción de la igualdad, de forma individual y mediante el sistema de gestión compartida, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo con cargo al programa operativo FSE Galicia 2014-2020 y por el Pacto de Estado contra la violencia de género, y se procede a su convocatoria en el año 2020.

Mediante la Resolución de 19 de diciembre de 2019 se establecieron las bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones a las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Galicia para la promoción de la igualdad, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo con cargo al programa operativo FSE Galicia 2014-2020 y por el Pacto de Estado contra la violencia de género, en el año 2020.

Se trata de subvenciones a las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el desarrollo de los siguientes programas:

a) Programa de fomento de la conciliación de la vida personal, laboral y familiar (procedimiento SI435B), financiado con el PO FSE Galicia 2014-2020.

b) Programa de promoción de la igualdad entre mujeres y hombres y de prevención y tratamiento de la violencia de género (procedimiento SI435A), financiado con el PO FSE Galicia 2014-2020.

c) Programa de apoyo a los centros de información a las mujeres (procedimiento SI427B), financiado con el PO FSE Galicia 2014-2020.

d) Programa de sensibilización, información y difusión sobre igualdad y prevención de la violencia contra las mujeres (procedimiento SI435C), financiado con fondos procedentes del Pacto de Estado contra la violencia de género.

Esta convocatoria se tramitó como expediente anticipado de gasto, al amparo de lo dispuesto en el artículo 1 de la Orden de la Consellería de Economía y Hacienda, de 11 de febrero de 1998, por la que se regula la tramitación anticipada de expedientes de gasto (DOG núm. 34, de 19 de febrero), modificada por la Orden de 27 de noviembre de 2000 (DOG núm. 209, de 29 de noviembre ) y por la Orden de 25 de octubre de 2001 (DOG núm. 201, de 29 de octubre), al existir crédito adecuado y suficiente para este fin en el proyecto de Ley de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma aprobado por el Consello da Xunta de Galicia en su reunión del día 17 de octubre de 2019.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la convocatoria, el crédito destinado a la financiación de estas ayudas es el siguiente:

Aplicación

Cód. de proyecto

Importe 2020

Importe 2021

Total

05.11.312G.460.1

2016 00018

800.000

--

800.000

05.11.313B.460.0

2015 00144

3.366.766

1.470.000

4.836.766

05.11.313D.460.1

2018 00112

800.000

--

800.000

Total

4.966.766

1.470.000

6.436.766

Mediante la Resolución de 6 de julio de 2020, de la Secretaría General de la Igualdad (DOG número 138, de 13 de julio de 2020), se publicó la Resolución por la que se amplía la dotación presupuestaria de la Resolución de 19 de diciembre de 2019, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Galicia para la promoción de la igualdad, de forma individual y mediante el sistema de gestión compartida, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo con cargo al programa operativo FSE Galicia 2014-2020, y por el Pacto de Estado contra la violencia de género, y si procede a su convocatoria en el año 2020.

El incremento de la dotación fue de 215.051,77 € euros en la anualidad 2020 con cargo a la aplicación presupuestaria 05.11.312G.460.1 (código de proyecto 2016.00018) del Programa de conciliación (SI435B), consignada en el estado de gastos de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2020, quedando de la siguiente manera:

Aplicación presupuestaria

Crédito inicial

Ampliación

Crédito total

05.11.312G.460.1

800.000,00

215.051,77

1.015.051,77

El crédito disponible para atender las ayudas a las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Galicia para la promoción de la igualdad convocadas en el año 2020 quedó establecido en 6.651.817,77 euros, con la siguiente distribución por aplicación presupuestaria:

Aplicación

Proyecto

Crédito inicial anualidad 2020

Crédito anualidad 2021

Ampliación anualidad 2020

Total

05.11.312G.460.1

2016.00018

800.000,00

--

215.051,77

1.015.051,77

05.11.313B.460.0

2015.00144

3.366.766,00

1.470.000,00

--

4.836.766,00

05.11.313D.460.1

2018.00112

800.000,00

0,00

--

800.000,00

Total

4.966.766,00

1.470.000,00

215.051,77

6.651.817,77

Al existir remanentes en la misma convocatoria en otro programa en la aplicación presupuestaria 05.11.313B.460.0 código del proyecto 2015 00114 (procedimiento SI427B), y con la finalidad de poder amparar un mayor número de solicitudes presentadas y que cumplen con los requisitos exigidos, se estima conveniente ampliar la dotación presupuestaria consignada para la anualidad 2020, para los programas de fomento de la conciliación y de promoción de la igualdad y de prevención de la violencia de género, a través de los supuestos previsto en el apartado b) del artículo 30.2 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, así como en el artículo 2.3 de la Resolución de 19 de diciembre de 2019, de la Secretaría General de la Igualdad, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Galicia para la promoción de la igualdad, de forma individual y mediante el sistema de gestión compartida, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo con cargo al programa operativo FSE Galicia 2014-2020 y por el Pacto de Estado contra la violencia de género, y si procede a su convocatoria en el año 2020.

De conformidad con dichos preceptos reglamentarios, el órgano concedente debe publicar la ampliación de crédito en los mismos medios que la convocatoria, sin que tal publicidad implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de un nuevo cómputo de plazo para resolver.

En consecuencia con lo expuesto, de acuerdo con lo previsto en el Decreto 74/2018, de 5 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia y de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, corresponde a la Secretaría General de la Igualdad, como órgano superior de la Administración autonómica en materia de igualdad, entre otras, impulsar las actuaciones conducentes a la promoción de la igualdad y a la eliminación de la discriminación entre mujeres y hombres, así como a la eliminación de la violencia de género en los términos establecidos en la Constitución, en el Estatuto de autonomía de Galicia, en el Decreto legislativo 2/2015, de 12 de febrero, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de igualdad, y en la Ley 11/2007, de 27 de julio, gallega para la prevención y el tratamiento integral de la violencia de género, y en la demás legislación aplicable en la materia, corresponde a la Secretaría General de la Igualdad la aprobación de las bases, de la convocatoria y las resoluciones en materia de ayudas y subvenciones, así como la administración de los créditos para gastos de su respectivo ámbito de competencia.

DISPONGO:

Artículo único

1. Se redistribuye la dotación presupuestaria en la anualidad 2020 prevista en el artículo 2.1 de la Resolución de 19 de diciembre de 2019, de la Secretaría General de la Igualdad, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Galicia para la promoción de la igualdad, de forma individual y mediante el sistema de gestión compartida, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo con cargo al programa operativo FSE Galicia 2014-2020, y por el Pacto de Estado contra la violencia de género, y se procede a su convocatoria en el año 2020.

2. Se incrementa la dotación del Programa de conciliación de la vida familiar, laboral y personal (SI435B) de 205.298,61 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 05.11.312G.460.1 código del proyecto 2016 00018 (procedimiento SI435B), consignada en el estado de gastos de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2020.

3. Se incrementa la dotación del Programa de promoción de la igualdad y de prevención de la violencia de género (SI435A), por un importe de 46.161,38 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 05.11.313B.460.0 y proyecto de gasto 2015 00144 (procedimiento SI435A), consignada en el estado de gastos de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2020.

4. Se aminora la dotación presupuestaria del Programa de apoyo a los CIM (SI427B) en la anualidad 2020 con cargo a la aplicación presupuestaria 05.11.313B.460.0 y proyecto de gasto 2015 00144 (procedimiento SI427B), consignada en el estado de gastos de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2020.

El crédito disponible para atender las ayudas a las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Galicia para la promoción de la igualdad convocadas en el año 2020 quedaría así establecido en 6.651.817,77 euros, con la siguiente distribución por aplicación presupuestaria:

Aplicación

Proyecto

Crédito inicial anualidad 2020

Crédito

anualidad 2021

Ampliación anualidad 2020

Total

05.11.312G.460.1

2016.00018

1.015.051,77

--

205.298,61

1.220.350,38

05.11.313B.460.0

2015.00144

3.161.467,39

1.470.000,00

--

4.631.467,39

05.11.313D.460.1

2018.00112

800.000,00

--

--

800.000,00

Total

4.976.519,16

1.470.000,00

205.298,61

6.651.817,77

5. Esta redistribución de crédito no afecta al plazo de presentación de solicitudes establecido en el artículo 11.1 de la Resolución de 19 de diciembre de 2019 ni supone el inicio de un nuevo cómputo del plazo para resolver.

Disposición final

Esta resolución entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 21 de julio de 2020

La secretaria general de Igualdad
P.D. (Resolución de 8.6.2020; DOG núm. 111, de 9 de junio)
Natalia Prieto Viso
Directora general de Evaluación y Reforma Administrativa