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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 147 Jueves, 23 de julio de 2020 Pág. 29224

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO de notificación de sentencia (RSU 6164/2019-CON).

Tipo y número de recurso: recurso de suplicación 6164/2019-CON

Juzgado de origen/autos: oficio autoridad laboral 184/2019. Juzgado de lo Social número 1 de Ourense

Recurrente: Pedro Miguel Coentro Teixeira

Abogada: María Montserrat Pérez Viso

Recurridos: Tesorería General de la Seguridad Social, Lucía Galvis Guevara, Adela Katiuska Paredes Valencia, Vanessa Terranova, Aicha Machfaqui El Asraqui y Iidiko Kandalaa

Abogado/a: letrado de la Seguridad Social

Yo, María Asunción Barrio Calle, letrada de la Administración de justicia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento de recurso de suplicación 6164/2019-CON de esta sala, seguido a instancia de Pedro Miguel Coentro Teixeira contra la Tesorería General de la Seguridad Social, Lucía Galvis Guevara, Adela Katiuska Paredes Valencia, Vanessa Terranova, Aicha Machfaqui El Asraqui e Iidiko Kandalaa, sobre otros derechos laborales, se ha dictado la siguiente resolución:

«1º. Desestimamos el recurso de suplicación interpuesto por Pedro Miguel Coentro Teixeira frente a la Sentencia de 4 de junio de 2019 del Juzgado de lo Social número 1 de Ourense, dictada en los autos número 184/2019 de procedimiento de oficio. Todo ello confirmando la sentencia de instancia. Sin costas.

2º. Se condena a la pérdida del depósito constituido para recurrir, una vez que esta sentencia sea firme.

Incorpórese el original de esta sentencia, por su orden, al libro de sentencias de esta Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Modo de impugnación: se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para unificación de doctrina que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta sala dentro del improrrogable plazo de diez días hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación de la sentencia. Si el recurrente no tuviera la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá efectuar:

– El depósito de 600 euros en la cuenta de 16 dígitos de esta sala, abierta en el Banco de Santander (Banesto) con el número 1552 0000 37, seguida de cuatro dígitos correspondientes al número del recurso y dos dígitos del año del mismo.

– Asimismo, si hay cantidad de condena deberá consignarla en la misma cuenta, pero con el código 80 en vez del 37 o bien presentar aval bancario solidario en forma.

– Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria desde una cuenta abierta en cualquier entidad bancaria distinta, habrá que emitirla a la cuenta de veinte dígitos 0049 3569 92 0005001274 y hacer constar en el campo observaciones o concepto de la transferencia los 16 dígitos que corresponden al procedimiento (1552 0000 80 o 37 **** ++).

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Lucía Galvis Guevara, Vanessa Terranova, Aicha Machafaqui El Asraqui e Idiko Kandalaa, en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el DOG.

Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 30 de junio de 2020

La letrada de la Administración de justicia