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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 142 Viernes, 17 de julio de 2020 Pág. 28610

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Empleo e Industria

RESOLUCIÓN de 8 de julio de 2020, de la Jefatura Territorial de Lugo, por la que se concede autorización administrativa previa y de construcción de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Viveiro (expediente IN407A 2019-41 AT).

Visto el expediente para autorización administrativa previa y de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se cita:

Solicitante: Barras Eléctricas Galaico-Asturianas, S.A.

Domicilio social: polígono empresarial As Gándaras, parcela U2, calle Aller Ulloa, nº 9, 27003 Lugo.

Denominación: sustitución del CT 746 Area elevador.

Situación: ayuntamiento de Viveiro.

Características técnicas:

• Línea subterránea de alta tensión 20 kV Viveiro 3, con origen en una conversión aérea a subterránea en el apoyo A95071 y final en el CT prefabricado semienterrado proyectado, con una longitud de 30 metros en conductor tipo RHZ1-240 mm.

• Línea subterránea de alta tensión 20 kV aluminio, con origen en una conversión aérea a subterránea en el apoyo A95071 y final en el CT prefabricado semienterrado proyectado, con una longitud de 30 metros en conductor tipo RHZ1-240 mm.

• Línea subterránea de alta tensión 20 kV Espiñeirido 2, con origen en una conversión aérea a subterránea en el apoyo A95071 y final en el CT prefabricado semienterrado proyectado, con una longitud de 30 metros en conductor tipo RHZ1-240 mm.

• Centro de transformación prefabricado semienterrado Area elevador telemandado, con una potencia máxima admisible de 630 kVA y una potencia inicial de 100 kva, relación de transformación 20.000/400-230 V, en el cual se instalan tres celdas de línea y una de protección.

• Línea subterránea de baja tensión del CT Area elevador, formada por dos circuítos, con origen en el cuadro de baja del CT Area elevador y final en las RBT existentes, con una longitud de 40 metros en conductor RV-240.

• Desmontaje del CT Area elevador existente y demolición de la caseta de obra civil.

Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre (BOE núm. 310), del sector eléctrico y en el título VII, capítulo II, del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre (BOE núm. 310), por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, en el Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias, y en la Resolución de 19 de febrero de 2014, de la Dirección General de Energía y Minas, por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción (DOG núm. 54, de 19 de marzo), así como en la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia, esta jefatura territorial, de acuerdo con las competencias que resultan de los decretos 135/2017, de 28 de diciembre, por el que se crea y establece la estructura orgánica de la consellería, y teniendo en cuanta el Decreto 9/2017, de 12 de enero, sobre órganos competentes para autorización de instalaciones eléctricas en la Comunidad Autónoma de Galicia, resuelve:

Conceder la autorización administrativa previa y de construcción a dichas instalaciones, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en su proyecto y las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación y en los condicionados establecidos por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en el expediente, independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para a realización de las obras de las instalaciones autorizadas.

El plazo de puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de doce meses, contados a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución.

Contra esta resolución se podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía, Empleo e Industria en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución; también se podrá interponer cualquier otro recurso que se estime pertinente a derecho.

Lugo, 8 de julio 2020

Pilar Fernández López
Jefa territorial de Lugo